Buenas tardes, Alguien ha tenido problemas con hacienda por no realizar el modelo d6, por tener acciones, realizar compraventas y cobrar dividendos en un broker extranjero. Yo tengo una cuenta en degiro y nunca he hecho el modelo D6. Gracias y un saludo
El modelo D-6 depende del Ministerio de Economía y es de obligatorio cumplimiento para todas las personas que tienen valores negociables depositadas en el extranjero. El Ministerio puede establecer una sanción de hasta el 25% del importe no declarado con un mínimo de 3.000 euros. Liquidar el documento fuera de plazo conlleva una sanción de hasta 300 euros los primeros seis meses y de hasta 600 euros pasado ese tiempo.
Es importante conocer si el broker con el que trabajamos debe presentar el modelo D-6, ya que por ejemplo los inversores que utilicen Interactive Brokers y DeGiroestán obligados a presentar el 720 si superan los 50.000 € depositados en estos brokers y, además, también deberán presentar el D-6 si tienen posiciones abiertas o cuenta abierta a 31 de diciembre (independiente de la cantidad).
Muchas gracias por la respuesta. Este año no lo he hecho, y si decirlo hacerlo ahora, no me gustaría pagar 300 euros de sanción, por eso mi pregunta de si alguien en el foro ha tenido problemas por no haberlo hecho algún año, y si lo haces después del 31 enero 2020 a cuanto podría ascender dicha penalización.
Muchas gracias por la respuesta. Este año no lo he hecho, y si decido hacerlo ahora, no me gustaría pagar 300 euros de sanción, por eso mi pregunta de si alguien en el foro ha tenido problemas por no haberlo hecho algún año, y si lo haces después del 31 enero 2020 a cuanto podría ascender dicha penalización
Muchas gracias estaba preparando los datos para hacer este modelo y he mirado a ver si había alguna novedad cuando he visto tu mensaje, está claro que los pequeños ahorradores nos hemos liberado de cumplimentar este engorroso formulario.
Genial, yo venía a preguntar si esa modificación aplicaba ya para la presentación en 2022 L respecto del ejercicio 2021 o si por el contrario aplicaba a la presentación de 2023 al respecto del ejercicio 2021.