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Duda capital inmobiliario

8 respuestas
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#1

Duda capital inmobiliario

Mi padre falleció en 2018, dejando vivienda habitual, 2 propiedades inmobiliarias en gananciales con mi madre y 1 propiedad inmobiliaria privativa (todos alquilados)
Los hijos hemos decidido no hacer reparto de herencia y dejarle el usufructo integro a nuestra madre.
A la hora de hacer la declaración IRPF, entendemos que ella se tiene que imputar todo (hemos hecho un documento privativo en el que indicamos la cesión del usufructo). Esto sería correcto???
#2

Re: Duda capital inmobiliario




#3

Re: Duda capital inmobiliario

¿Qué dispuso tu padre en el testamento?
#4

Re: Duda capital inmobiliario

No hubo testamento
#5

Re: Duda capital inmobiliario

Cuando no hay testamento, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo del tercio de mejora y los herederos son los hijos a partes iguales.

¿Ha habido escritura de adjudicación de herencia?
#6

Re: Duda capital inmobiliario

se ha hecho declaración de herederos pero no hay reparto (no pensamos hacerlo por el momento). Por eso pensaba que podíamos dejar el 100% del usufructo a mi madre.
#7

Re: Duda capital inmobiliario

Pero es que este asunto no funciona de esta forma.

El usufructo de tu madre sobre el tercio de mejora puede ser conmutado por bienes en pleno dominio.

 Dijiste: "dejando vivienda habitual, 2 propiedades inmobiliarias en gananciales con mi madre y 1 propiedad inmobiliaria privativa (todos alquilados)", por tanto esos bienes que dejó vacante tu padre por su fallecimiento constituyen la denominada "herencia yacente" o situación transitoria en la que está el caudal hereditario hasta su reparto definitivo.

El  artículo 35.4 de la Ley General Tributaria  dispone que también tienen la consideración de obligados tributarios, en las leyes en que así se establezca, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición.

En consecuencia, hay que dar alternativa  fiscal a la situación que este momento tenéis en la familia.

Un saludo.



#8

Re: Duda capital inmobiliario

Conozco la figura de la herencia yacente pero  en la teoría, se que hay que darla de alta y se le asigna un nif. Nosotros queremos dejarle el usufructo de todo a nuestra madre y nos dijeron que mientras se declarase a hacienda y habiendo un documento privado, no habría problemas. Cual cree que es la forma más adecuada? Gracias por la respuesta
#9

Re: Duda capital inmobiliario

Es que " Nosotros queremos dejarle el usufructo de todo a nuestra madre" es una cesión de derechos encajable en una donación.

Una situación de partida muy relevante es que en la liquidación de la sociedad de gananciales, que ha desaparecido por el fallecimiento de tu padre, se hagan dos lotes equivalentes en valor pero que pueden estar integrados por bienes de distinta naturaleza. Para aconsejar en este punto habría que conocer la totalidad de los bienes y derechos de esa sociedad.

Posteriormente, sobre la mitad que corresponda a caudal relicto (herencia), como te cité anteriormente, conmutar su derecho de usufructo por bienes en pleno dominio, por ejemplo, asignarle un porcentaje adicional en uno de los inmuebles de que ella tiene el 50% por haber sido ganancial.

Esto último está claramente condicionado por como se haya hecho la liquidación de la sociedad ganancial.

Seguimos.......

Un saludo.