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Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

10 respuestas
Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético
1 suscriptores
Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético
#1

Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

Buenos días compañeros,

Os planteo una cuestión:

Una autónoma tiene alquilado un local en el que realiza diversos servicios de estética. Se está planteando ceder un espacio en su local a otra autónoma para que esta preste otros servicios de estética. La segunda autónoma pondrá todo el material y facturará directamente a los clientes a los que preste sus servicios.

La primera autónoma cobrará una comisión equivalente a un porcentaje sobre la facturación de la segunda. ¿cómo podría facturarlo? Se me ocurre "comisión por cesión de espacio el día....XXX" ¿En este caso llevaría retención sobre alquileres? ¿Debería darse de alta en algún otro epígrafe?

Muchas gracias por vuestra ayuda.


Un saludo, 
#2

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

 
Entiendo que la figura que planteas es un subarrendamiento del local que ocupas y para ello: 
- Tienes que ver si tu contrato de arrendamiento permite el subarrendamiento 
- En el caso de que lo permita o no lo tenga en cuenta, se lo tienes que comunicar a tu arrendador con un período de antelación de al 
   menos 1 mes. 
- Tu arrendador al ser el subarrendamiento de una parte del local te puede subir la renta un 10,00% 
- El contrato de subarriendo que formalices con tu subarrendataria finalizará el mismo día que finalice tu contrato de arrendamiento. 
- Por último el contrato de subarriendo estará sujeto a Iva y a retención 
Un saludo  
#3

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

Hola, muchas gracias por tu respuesta.

Serían unas horas al mes; la autónoma arrendataria cobraría una comisión sobre el servicio que realiza la segunda autónoma en su local.

En principio el servicio tendría que facturarlo la segunda autónoma para que ella se responsabilice de la calidad del mismo y de posible reclamaciones.

Otra posibilidad es que la autónoma uno facture el servicio al cliente final y la autónoma 2 el servicio prestado a la autónoma 1; el problema aquí que encuentro es que en algún momento el 75% de la facturación de la autónoma 2 sea a la autónoma 1 y pasaría a ser una TRAED, teniendo que formalizar un contrato...

¿Se te ocurre alguna otra opción?

Un saludo,
#4

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

Pero empiezas la casa por el tejado.

Lo primero y principal. 
¿El contrato de alquiler de la primera autónoma le permite el subarrendamiento.?


#5

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

Hola, 

No lo permite; es un contrato tipo.

Un saludo, 
#6

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

Buenas tardes, 

La verdad es que estoy un poco perdido en todo esto.... Si facturo más del 75% a un mismo cliente, ¿Tengo que acogerme necesariamente a TRADE y formalizar un contrato ante SEPE? o ¿Formalizar el contrato ante SEPE es una opción? en el caso de que sea obligatorio registrarlo en SEPE ¿Cuándo debo hacerlo, cuándo supero el 75% de la facturación?

Éstos tiempos de aislamiento dan para pensar demasiado....

Un saludo, 
#7

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

Pero te refieres a la autónoma que citas en tu primera intervención

Un saludo
#8

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

Hola, 

Quiero decir que si la autónoma 2. En resumen, a mi entender hay dos posibles soluciones para esta relación:

1- La Autónoma 1, contrata servicios puntuales a la autónoma 2. La autónoma 2 factura los servicios prestados a la autónoma 1 y la autónoma 1 factura el servicio al cliente final más un margen. La autónoma 2 pone todo el material y los medios para desempeñar su trabajo. Mi duda: si más del 75% de la facturación de la autónoma 2 está emitida a nombre de la autónoma 1, ¿debe darse de alta como TRADE necesariamente? o ¿Darse de alta en TRADE es una opción?

2 - La autónoma 2 factura los servicios prestados al cliente final. La autónoma 1 factura una comisión a la autónoma 2 por permitirle utilizar las instalaciones o por conseguirle el cliente o.... La autónoma 1 es arrendataria del local y la autónoma 2 pone todo el material para el desempeño de su trabajo.

¿Se te ocurre alguna otra opción? ¿Fiscalmente cual de las dos es mejor?

Muchas gracias y perdona por el lío.

UN saludo, 
#9

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

 
Buenos días 
De los dos opciones que planteas solo sería posible la 1ª toda vez que según indicas, el contrato de arrendamiento de la autónoma 1 no permite el subarrendamiento. 
El alta como TRADE es obligatoria, se creó para detectar a los falsos autónomos. 

Salvo mejor criterio 
Toda la normativa del TRADE se encuentra regulada en el Real Decreto 197/2009
#10

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

Muchísimas gracias, me lo leeré.

Solo una duda mas: ¿La autónoma 2 cuándo debe solicitar ser TRADE y registrar el contrato? ¿Cuando supera el umbral? ¿Que podría pasar si supera el 75% de facturación a la autónoma 1 y no ha registrado el contrato?

Gracias, un saludo, 
#11

Re: Facturarla cesión por horas de una parte de un local estético

Cuando supera el umbral

Que pasaría.
Pues que la Inspección de Trabajo podría actuar de acuerdo al Plan estratégico previsto para 2018-2020 se han detectado muchos falsos autónomos y se han levantado expedienteds.  
Consideraban que la merma de ingresos para la Seguridad Social de los falsos autónomos podría superar los 560 millones de euros