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ERTE actualidad

7 respuestas
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ERTE actualidad
#1

ERTE actualidad

 
Buenas tardes
Somos una empresa de 9 trabajadores 
Según leo para acogerse a un ERTE las empresas de menos de 100 trabajadores se lo deben de aplicar a un mínimo de 10. 
Entonces mi empresa ¿no puede acogerse a un ERTE? 
Un saludo 
#2

Re: ERTE actualidad

creo que lo que has leído del umbral de "10 trabajadores" es para un ERE (extintivo de la relación laboral, artículo 51 del Estatuto de los trabajadores) 
y ese umbral se aplica si una empresa de menos de 100 trabajadores pretende despedir a un mínimo 10. Si quiere despedir a menos,  el empresario puede ir a despidos individuales sin tener que pasar por el proceso del ERE de comunicación a la autoridad laboral, consultas con sindicatos,etc.
La suspensión temporal, ERTEs, está regulada por otro artículo, el 47, y el procedimiento es el mismo con independencia del nº de trabajadores y  nº de afectados
 El procedimiento, que será aplicable cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa y del número de afectados por la suspensión 

#3

Re: ERTE actualidad

 
Lo leo en el diario “El Economista” copio y pego 
¿A cuántos trabajadores pueden afectar los ERTE? 
La ley establece un número mínimo de empleados para que las empresas puedan acogerse a ellos. Como en el anterior punto, también hay tres distinciones: las empresas de 100 o menos empleados deberán aplicárselo al menos a 10; las empresas de entre 100 y 300 deberán aplicárselo al menos al 10% y las empresas de 300 o más se lo deberán aplicar, como mínimo, a 30 trabajadores. 
#4

Re: ERTE actualidad

Como siempre, mejor ir a la fuente original; he copiado antes el enlace de la ley publicada en el  BOE. Quien haya escrito el articulo confunde ERE con ERTE, que, como he comentado, son artículos de la ley distintos con requisitos y procedimientos diferentes. 
#5

Re: ERTE actualidad

 
He leído el enlace que te agradezco pero al inicio de la Ley dice 
“Última actualización publicada el 19/02/2020” 
#6

Re: ERTE actualidad

Buenas noches:

Cuando se tramita un ERTE  por causa de fuerza mayor (CORONAVIRUS) de forma telematica de un sociedad limitada, como  OBLIGATORIAMENTE hay que hacerlo de forma telemática ¿Con que certificado digital se debe tramitar, con el del Administrador de la empresa o con el de la Sociedad Limitada?

Lo comento porque aquí en la Comunidad Valenciana si se tramita con el Certificado de la Sociedad, en el impreso telemático pone los datos de la empresa en el campo destinado al los datos del Administrador lo que implica una incorrecta confección del impreso. Para evitar esto, creo que habrá que cumplimentarlo con el certificado del Administrador (de esa forma si que traslada correctamente los datos del Administrador a las casillas correctas, y los datos de la empresa se pueden poner con el teclado). 

¿Que opináis? Gracias.

#7

Re: ERTE actualidad

¿lo dices por si ha variado algo con las medidas extraordinarias aprobadas?
El Real Decreto lo publicaron ayer miércoles en el BOE, te interesan los  artículos 22-23; verás como no dice nada de ese tema de las 10 personas para los ERTEs, vale la ley general de la que ya hemos hablado, sigue sin haber ningún límite ni de tamaño de la empresa ni de cantidad de la plantilla afectada. En el RD lo que se especifica es el procedimiento y plazos de tramitación y respuesta en estas circunstancias excepcionales y se remite a la normativa en vigor para el resto de cuestiones, como esta duda que tienes del nº de personas:
https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf

#8

Re: ERTE actualidad

Agradecido por tu interés

Un saludo