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Conciliación antes de juicio

1 respuesta
Conciliación antes de juicio
Conciliación antes de juicio
#1

Conciliación antes de juicio

Buenos días:
En este mes de febrero llegamos a un acuerdo con la empresa antes del juicio para el abono de indemnización y finiquito correspondiente a febrero de 2019.
¿Cuándo debo presentar la declaración de la renta sobre las cantidades pagadas, este año en la próxima declaración de la renta o al año que viene?
¿cómo ciudadana y contribuyente puedo ir a Hacienda a preguntar que ha declarado la empresa en el IRPF del año 2019?

Muchas gracias, un saludo,
#2

Re: Conciliación antes de juicio

Buenos días;

En un caso análogo al que planteas,  Tributos en su consulta vinculante V0891-19, de 24 de Abril de 2019, indica que debes imputar esos rendimientos en la fecha del acto de conciliación judicial (cuando adquiera firmeza), que parece será durante el ejercicio 2020, por lo que tributarás por esos rendimientos en tu IRPF de 2021.

Como ciudadana y contribuyente puedes ir, pero teniendo en cuenta que en Marzo/ Abril la AEAT facilitará los datos fiscales a todos los contribuyentes, no parece que debas ir a preocupare, pues pronto lo verás.

Además la AEAT tendrá los datos que suministró la empresa en el Modelo 190, por lo que tiene más sentido exigir a la empresa el certificado de retenciones, que la empresa debe expedir a quienes haya practicado retención, antes de Marzo.

Pongo link a la consulta por si fuera de tu interés:
https://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V0891-19

Saludos,