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Reclamación ITP Andalucía

6 respuestas
Reclamación ITP Andalucía
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#1

Reclamación ITP Andalucía

Buenos días. Compré una vivienda en enero de 2015 al 50% con mi antigua pareja. La relación se terminó a finales de ese año e hicimos una extinción del condominio en julio de 2016. Nos reclaman la devolución del 3,5% al 8% por no haber cumplido los requisitos de vivienda habitual pero la vivienda desde 2016 ya no es mía. No recibí ni un solo euro por la cesión. 

¿Hay alguna manera de salvarme de ese pago?

Muchas gracias.
#2

Re: Reclamación ITP Andalucía

Esto que dices: " No recibí ni un solo euro por la cesión", no lo entiendo.

Está claro que el tipo reducido es inaplicable porque no habéis cumplido los requisitos. Por tanto, hay que ingresar la diferencia pendiente.


Un saludo.
#3

Re: Reclamación ITP Andalucía

Me refiero a cuando le di mi 50% del inmueble a ella. 
#4

Re: Reclamación ITP Andalucía

El negocio jurídico posterior a la compra es totalmente ajeno a la adquisición inicial.

En conscuencia, me temo, que no hay alternativas para evitar el pago de la diferencia entre el tipo reducido y el 8%.

Un saludo.
#5

Re: Reclamación ITP Andalucía

Bueno, el que no cumple los requisitos eres tu, no ella, por lo que solo deben pedirte la diferencia a ti, por tu mitad.
No veo manera de evitarlo, es un incumplimiento de libro, no la has habitado durante los tres años necesarios.
La extinción de condominio a esos efectos no tiene nada que ver, ya la revisarán a ver si está correctamente realizada, puede que os llevéis otra sorpresa por ese lado.

Un saludo

#6

Re: Reclamación ITP Andalucía

En este caso si nos afecta a los dos porque ninguno de los 2 habitamos la vivienda en esos 3 años. Mi pregunta solo es si hay alguna manera de, al haber hecho una extinción del condominio, había alguna manera de evitar que a mi me lo reclamen. Tengo claro que lo hicimos mal y que si la ley dicta eso, pues eso es. También tengo entendido, que al haber pasado más de 5 años, si me reclaman algo más ya ha prescrito pero tampoco lo tengo muy claro.
#7

Re: Reclamación ITP Andalucía

Entiendo entonces que ella luego lo vendió, o se mudó a otro sitio también.
No hay manera de evitarlo, el hecho de que te hayas desprendido del piso, sea como sea, da igual, es precisamente la causa de que te lo reclamen.
No ha prescrito puesto que los 4 años empiezan a contar desde la fecha del incumplimiento, en este caso, desde julio de 2016. No queda mucho, pero no, hasta julio de 2020 no prescribía.

Un saludo