Hay que saber si esta baja incentivada, se puede considerar como una indemnización por despido y que cantidad se encuentra exenta de tributación, en función de como se considere y del importe que corresponde en función de los años de permanencia.
En la empresa si no tiene ningún importe exento por indemnización, te lo comunicaran y además te realizaran sobre el importe no exento una retención.
En función de estas premisas es cuando podrás calcular un poco la Cuota Tributaria que corresponde al ejercicio en el que recibas este importe.
La Retención, es un ingreso a cuenta que se adelanta en el cobro de importes que se consideran Renta y hay que declararlos, estas retenciones, minoran la Cuota Tributaria que se obtiene al presentar la Declaración, ya que son pagos adelantados por el contribuyente.
Saludos