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Imputación venta en corto
Hola,
A ver si me podéis ayudar,
Os cuento mi caso, si tenía unas ventas en corto en 2018 y hago la compra en 2019, donde se imputan
estas operaciones, ¿ En la RENTA del 2018 o sería en la del 2019 ?
Muchas Gracias
Hola,
A ver si me podéis ayudar,
Os cuento mi caso, si tenía unas ventas en corto en 2018 y hago la compra en 2019, donde se imputan
estas operaciones, ¿ En la RENTA del 2018 o sería en la del 2019 ?
Muchas Gracias
2019
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-23936
La renta derivada de la transmisión de los valores tomados en préstamo, se imputarán al período impositivo en el que tenga lugar la posterior adquisición de otros valores homogéneos, y se calculará por la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición que corresponda a los valores homogéneos adquiridos durante la duración del préstamo y con posterioridad a la transmisión.
Muchas gracias Bacalo todo muy claro, es como suponía
Saludos