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Modelo 720 dudas

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Modelo 720 dudas
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Modelo 720 dudas
#1

Modelo 720 dudas

Buenas a todos.

Os comento mi caso particular, en 2014 abrí un depósito en Francia, me daba una rentabilidad neta del 2,25% anual ,lo ví adecuado ya que no tengo mucha idea de invertir y en ese momento ningún deposito me daba más.
En ese depósito metiamostodo lo ahorrado tanto yo como mi mujer, ambos trabajabamos en Francia y después de gastos etc nos sobraban de media unos 1500€ mensuales, así lo hicimos durante los casi 3 años que estuvimos trabajando allí.
Hasta ahí ningún problema, lo que ocurre es que en 2014  en dos transferencias mi padre me pasó 18000€ los cuales puse en este depósito. En su momento, ni se me pasó por la cabeza que tenía que declarar ese dinero como donación, no tenía ni idea, como tampoco tenía idea del modelo 720, el año pasado me enteré de la obligación de presentar esta declaración informativa a hacienda sobre cuentas en el extranjero que superen los 50000€. A día de hoy ,entre ingresos y los intereses generados tengo en esa cuenta 60000€.

Mi temor es que al declarar esta suma en el modelo 720, me abran una investigación. Guardamos las fichas de pago de ambos de los casi tres años trabajados, lo que no sé si a ojos de hacienda eso sería suficiente , ya que metimos dinero de la transferencia que nos hizo mi padre. en fin que no sé muy bien cómo debería actuar en este caso.

Gracias por vuestros consejos


 

#2

Re: Modelo 720 dudas

 Mi temor es que al declarar esta suma en el modelo 720, me abran una investigación. 

Si no presentas el modelo 720 será muchísimo peor. La no presentación del modelo 720 cuando se está obligado a presentarlo lleva unas sanciones extraordinariamente altas.

#3

Re: Modelo 720 dudas

una donación efectuada en 2014 está prescrita desde el punto de vista del Impuesto de Donaciones, ya que el plazo para liquidar el impuesto es 30 días hábiles desde que se produce la donación. Por tanto, por este lado no tienes problema.

Si en 2018 habéis sido residente fiscal en España, tenéis que presentar el 720 en el primer trimestre de 2019.

 

 

#4

Re: Modelo 720 dudas

Sí, soy residente fiscal en España desde el año pasado, entonces he de presentar el 720 este año. Se rellena telemáticamente, me equivoco?
Por otro lado los tres años trabajados en Francia por parte de mi mujer, también estaba inscrita como residente fiscal en España (aunque el depósito está a mi nombre tan solo) si me abrieran una investigación, supondría un problema eso teniendo en cuenta que la mitad de los ingresos en el deposito en Francia provienen de su salario?
Temo que por desconocimiento haber hecho algo "malo" la verdad que siempre he estado muy verde en temas fiscales, recientemente me vengo informando, ya que antes de trabajar en Francia apenas trabajé en España y por lo tanto no he presentado nunca la declaración de la renta aquí.
También tengo entendido que se ha denunciado a la UE el modelo 720 por ciertos abusos, cómo está el tema en ese sentido? como podría evolucionar y afectar a los que tenemos alguna cuenta con más de 50k en el extranjero?

Gracias 

#5

Re: Modelo 720 dudas

El 720 sigue en vigor, pero con visos de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se cargará en el futuro el régimen desproporcionado de sanciones y  la desigualdad con la que trata la obligación de informar de las inversiones en otros países de la UE frente a las de España. Para ello hace falta que recurra a ese tribunal la Comisión Europea o algún juez español; mientras tanto, probablemente los tribunales españoles vayan anulando las sanciones, pero claro, hay que meterse en pleitos largos y costosos.

No entiendo por qué dices " mi mujer, también estaba inscrita como residente fiscal en España ", si estábais los 2 en Francia, trabajando allí, entiendo que habéis sido residentes fiscales allí;  la residencia fiscal no es algo que uno elija cuando le toca presentar la declaración de impuestos, si no que hay unas reglas para determinarla.

Concretamente, si un matrimonio pasa más de la mitad del año en Francia trabajando allí, la única opción que se me ocurre para ser residente fiscal en España es que tu mujer tuviera en España una vivienda a su disposición y que tuviera unos ingresos en España (de alquileres, dividendos, ganancias patrimoniales,etc) que superaran a los de Francia, lo cual parece difícil si el sueldo es en Francia (salvo que tengas un cuantioso patrimonio en España produciendo rentas).

Si eres residente fiscal en Francia y presentas la declaración del IRPF en España, mal hecho, toca presentar la de no residentes (IRNR) si tienes alguna fuente de rentas en España, como un piso alquilado.

#6

Re: Modelo 720 dudas

No entiendo por qué dices " mi mujer, también estaba inscrita como residente fiscal en España ", si estábais los 2 en Francia, trabajando allí, entiendo que habéis sido residentes fiscales allí;  la residencia fiscal no es algo que uno elija cuando le toca presentar la declaración de impuestos, si no que hay unas reglas para determinarla.
 

 Correcto, era una confusión, mi mujer constaba en el padrón en España, pero no como residencia fiscal, la cual era en Francia, donde trabajaba.
 
 

#7

Re: Modelo 720 dudas

el modelo 720 solo hay que presentarlo si eres residente fiscal en España, por tanto no os aplica durante los años naturales que hayáis sido residentes en Francia.

Si en 2018 ya lo has vuelto a ser en España, pues lo presentáis (cada uno el vuestro) antes del 31 de marzo y ya está. Los ingresos de esa cuenta los tienes justificados.

#8

Re: Modelo 720 dudas

Estimados todos a ver si podeís ayudarme.

Me encuentro con que puedo rellenar el 720 faltandome información como dirección del broker, fecha de adquisición o extinción del derecho, y valoraciónes. El programa no me da error cuando relleno el formulario por lo que entiendo que es valido envíar la información sin esos datos ya que cuando falta algún dato como ISIN, país, número de acciones y porcentaje, el sistema no me deja continuar hasta que proporciono esta información. Que opinais sobre los datos faltantes que el programa no me marca como imprescindibles para enviar la declaración de información y que me deja enviar sin estos datos?

En segundo lugar, el año pasado realizé y presenté el 720 y se me olvido por error incluir un importe muy pequeño de un fondo, como participación en capital social o fondo patrimonial ya que lo consieré como un cash, pero me he dado cuenta que es un fondo y que debí haberlo metido, como digo es un importe muy pequeño menos de 100 euros, pero harías complementaria informando de ese error o lo dejaríaís?

 

3 ero este año he vendio posiciones y voy a hacer el 720 informando de la venta, la duda es, respecto lo que he comprado y se incorpora al ejercio, debería informar tambien? Lo digo porque hay un código a introducir en el formulario que dice 1 era adquisición ( que no es es caso pues ya había comprado ese valor el año pasado) y luego dice, aqui viene el matiz,  o derecho que se incorpora en el ejercicio de la declaración. Las acciones nuevas que compro, no cabe duda que se incorporan al de la declaración ejercicio, debo por tanto informar de su compra?

Gracias.