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Impuestos Compra/Venta de Casa con peculiaridades

5 respuestas
Impuestos Compra/Venta de Casa con peculiaridades
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Impuestos Compra/Venta de Casa con peculiaridades
#1

Impuestos Compra/Venta de Casa con peculiaridades

Lo primero mis gracias anticipadas, os pongo en antecedentes porque estoy un poco liado:

Quiero vender mi casa, hasta ahí todo correcto, pero la nueva casa que quiero adquirir, tiene la peculiaridad que, la mitad me la donará mi madre (es de su propiedad) y la otra mitad se la compraré a un familiar (utilizaré la ganancia de mi casa para comprar esta mitad) Me gustaria saber que impuestos tengo que liquidar y en que plazo.

 

Tengo claro que por la venta de mi actual casa tendré que pagar:

1) Plusvalia Municipal (30 días hábiles después de la venta y se liquidará en mi Ayuntamiento, aunque ahora hay líos de si se paga o no)

2) Impuesto de IRPF sobre la ganancia obtenida de la venta (se declarará en la declaración de la renta siguiente), pero mi pregunta es ¿toda la ganancia o solo la parte que no utilice para la compra de la otra casa?

3)Impuesto de donaciones por la mitad de la casa que me dará mi madre (en la declaración de la renta siguiente)

4)IBI de ese año, mas certificado de eficiencia energética

¿Me olvido de algo o algo esta mal en lo referente a la venta?

Impuesto derivados de la compra de la vivienda:

1) Gastos de Notaria  para la escritura publica de compra/venta

2) Registro de la propiedad

3) Impuesto sobe Transmisiones Patrimoniales (En la declaración de la renta siguiente)

¿Quito o añado algo?, es demasiada información y quiero hacer las cosas bien.

Muchas gracias

#2

Re: Impuestos Compra/Venta de Casa con peculiaridades

utilizaré la ganancia de mi casa para comprar esta mitad

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3980247-impuestos-venta-casa#respuesta_3981618

Suponiendo que vendes tu vivienda habitual y la que adquieras sea tu nueva vivienda habitual.

Falta el IRPF de tu madre y de tu otro familiar por la ganancia/pérdida que se producirá en la donación y venta respectiva.

Tu no pagas IRPF por la donación ni por la compraventa.

Pagas el Impuesto de Donaciones en la comunidad autónoma donde residas.

Y el Impuesto Transmisiones Patrimoniales por la compraventa en la comunidad autónoma donde residas.

Un saludo.

#3

Re: Impuestos Compra/Venta de Casa con peculiaridades

Gracias.. ¿Entonces me sobra uno de los impuestos? El número 2 de la compra?.
Perdoname pero estos temas se me van un poco y no quiero cagarla.
Muchas gracias

#4

Re: Impuestos Compra/Venta de Casa con peculiaridades

Yo veo en el número 2 ganancia obtenida por la venta.

2) Impuesto de  IRPF sobre la ganancia obtenida de la venta (se declarará en la declaración de la renta siguiente), pero mi pregunta es ¿toda la ganancia o solo la parte que no utilice para la compra de la otra casa?

Tienes que declarar toda la ganancia. Pero no tributarás por ella, si el importe obtenido por la vivienda habitual que vendes, lo reinviertes en la compra de otra vivienda habitual.

Y si solamente reinviertes una parte, tributarás por parte de la ganancia. Ver enlace comentario 2.

Un saludo.

#5

Re: Impuestos Compra/Venta de Casa con peculiaridades

Buenas noches:

La plusvalía ,municipal se paga si hay plusvalía que se manifieste.

Solo se manifiesta la plusvalía en el período entre 1 y 20 años. Ni antes ni después se pone de manifiesto, aunque exista plusvalía.

Si se transmite en el período entre 1 y 20 años, se anula si hay pérdidas.

Si hay escasa plusvalía, que no cubra la base imponible, lo tendrías que pelear, ya que el TC no se pronunció ni tampoco el TS. Pero si es escasa y no responde a la tabla del art. 107-4 es inconstitucional que te cobren por un incremento de valor mayor que el que se ha producido.

STC 59/2017, párrafo antes del fallo y STS STS 2499/2018, pág. 16, arriba.

Otras STC 26/2017, 37/2017 y 57/2017

Saludos.

 

#6

Re: Impuestos Compra/Venta de Casa con peculiaridades

El impuesto de donaciones no se paga en la renta siguiente, se autoliquida en un mes desde la donación, en la CA, no en la AEAT. Lo mismo con el de transmisiones.

La que tendrá que declarar en renta al año siguiente es la donante, por el incremento de patrimonio que pueda surgir al transmitir el bien.

Un saludo