Buenas tardes
Muchas gracias Cachilipox por tu interés
Desearía abundaras en la respuesta a la pregunta número 5 va a ser la mayor cantidad de facturas emitidas por el profesional analista de programación.
Cachilipox
en respuesta a
renciayera
20/08/18 5.- Según.... IVA siempre, pero hay franquicias hasta determinados importes, según países. Para operaciones puntuales y bajos volúmenes, IVA español
La referencia y apuntes que yo tengo para este tipo de facturas es:
5- Para emitir facturas a particulares de la UE no dados de alta en el ROI. Factura con Iva extranjero
Se encuentra dentro de la nueva normativa a partir de 01/01/2015 (en cursiva)
a particulares comunitarios que sean electrónicos
Conforme a la normativa del impuesto, el IVA de los servicios intracomunitarios prestados a un particular tributarán, por regla general, en el país de origen, es decir, en España, siendo su tratamiento fiscal como el de una
operación nacional.
El autónomo proveedor del servicio al particular comunitario tendrá que reflejar su venta en el modelo 303 del IVA y en su equivalente anual, el modelo 390.
“Tratamiento del IVA en facturas de servicios electrónicos a particulares intracomunitarios
Sin embargo, desde el 1 de enero de 2015 existe una excepción en este tratamiento cuando los servicios prestados a particulares comunitarios sean de telecomunicaciones, radiodifusión, televisión o electrónicos.
Estos servicios a efectos de IVA se considerarán realizados en el estado miembro donde resida el cliente final, el particular.
Esta consideración supone que la factura que emitas como proveedor deberá incluir el IVA del país del cliente al tipo que corresponda en dicho país.
El IVA cobrado por el prestador del servicio al particular comunitario debe declararse en el Estado miembro destino.
Mediante el
portal Mini Ventanilla única (MOSS), los acogidos al Régimen Interior de la UE que hayan elegido España como estado miembro de identificación, podrán declarar el IVA de la operación.
Un saludo