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Donaciön tia sobrina

7 respuestas
Donaciön tia sobrina
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#1

Donaciön tia sobrina

Hola, me gustaría que alguien pudiera asesorarme.

Cuanto habría que pagar en una donación de tía a sobrina en Madrid.

Expongo mi caso, mi tía vive en un piso del que tiene a su nombre el 50% y el otro 50% me pertenece a mi. Ahora ese piso lo vamos a vender por 270.000€ y queremos comprar otro, pero lo queremos escriturar a mi nombre, es decir comprarlo yo con mi parte y la parte de mi tía. De ahí mi pregunta, que sería menos gravoso para mi, que mi tía me donará su 50% del piso o que me donará el 50% del dinero. Cuanto habría que pagar de impuestos. 

Muchas gracias.

#2

Re: Donaciön tia sobrina

No soy un experto y no puedo responder adecuadamente a lo que preguntas pero creo que existe otra opción: la extinción de condominio del piso que tenéis a medias con tu tía.

A ver si alguien te puede ayudar e indicar que opción te conviene más.

Un saludo

#3

Re: Donaciön tia sobrina

Si la valoración mínima que admite la Comunidad de Madrid, para las trasmisiones inter-vivos (Donaciones), que puedes obtener en la Pagina siguiente : Con la Referencia Catastral

https://gestiona.madrid.org/siva_internet/html/web/ValoraBienForm.icm?ESTADO_MENU=2_1

Es la que pones en al Impuesto de Donaciones y esta es menor al importe por el que piensas vender esta vivienda, es mas conveniente hacer primero la Donación ( ya que la valoración es menor a valor de venta), pero si son muy similares , es indiferente el momento de la Donación.

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CONT_Impuesto_FA&cid=1165846157894&language=es&pageid=1142342297967&pagename=Contribuyente%2FComunes%2FPresentacion%2FCONT_ImpuestoFAQs

En este enlace tienes toda la información al respecto.

Saludos

#4

Re: Donaciön tia sobrina

hola,

En primer lugar gracias por la respuesta, pero a ver si me puedes seguir ayudando.

He buscado la valoración mínima a través del enlace que me has proporcionado y el que resulta es de 122.056,00€ y la vivienda se va a vender por 270.000€, bueno de hecho existe ya un contrato de arras, de ahí la urgencia. para que me done la vivienda o el dinero, su 50%. y poder comprar la otra yo sola pero con todo el dinero adquirido por la venta y no sé al final cuanto tendría que pagar de impuestos por la donación.

El siguiente enlace no sé interpretar todo lo que pone.

Te pido disculpas por mi total ignorancia y falta de entendimiento.

#5

Re: Donaciön tia sobrina

Muchas gracias por tu respuesta,

He estado consultando en que consiste la extinción de condominio, pero entiendo que si me lo cede yo tendría que darle la parte económica correspondiente a su mitad y si es así no lo puedo hacer porque lo que necesito es su mitad para poder comprar el otro piso.

Bueno, esto es lo que he leído: 

 

La parte que cede su parte recibe una compensación económica por parte del que asume la titularidad de la propiedad.

Se trata de una vía amistosa y de mutuo acuerdo. Además, supone un ahorro considerable para ambas partes, pues no tienen que pagar todos los impuestos de transmisión que tendrían que afrontar en caso de realizar la compraventa de dicho inmueble.

Una solución sería tasar el valor de las cosas y, si fuera una casa, encargar con una agencia inmobiliaria de confianza para que os pueda gestionar la venta. Mediarán contratos de arras, y será la mejor vía para acabar con el vínculo familiar que tantos problemas te pueden ocasionar.

Significa que una parte cede su potestad sobre un bien a la otra, que pasará a ser el único titular.

Esta disolución del condominio, se solicita mediante escritura notarial de compra-venta, en la que se establece esa trasmisión de la parte correspondiente de la propiedad al otro propietario.

#6

Re: Donaciön tia sobrina

En este caso conviene hacer la donación antes de la venta , asignado como valor de la vivienda 124.000 euros , el 50% que es la donación supone una base imponible de 62.000 euros , de acuerdo con la tarifa la cuota tributaria seria de 6.525,18 euros.

El grupo familiar al ser Tía/Sobrina, es el Grupo III (Colaterales de segundo y tercer grado).

Por esta circunstancia, la cuota tributaria se multiplica por el coeficiente 1,5882 , con lo cual la Cuota Tributaria por la donación de 62.000 euros es de 10.363,30 euros.

La donación hay que hacerla en los 30 días siguientes a la cesión y escriturar dicha donación después de pagar el Impuesto Donaciones mediante el Modelo 651.

http://www.madrid.org/wleg_pub/secure/normativas/contenidoNormativa.jsf?opcion=VerHtml&nmnorma=6797&cdestado=P#no-back-button

En este enlace tienes la tabla y los coeficientes.

Si la donación es posterior a la venta y te dona 135.000 euros , la cuota tributaria seria de 29.291,75 euros.

Luego esta el impuesto de la renta IRPF , donde se ha de declarar la ganancia en la venta, por la diferencia entre el valor de adquisición y el venta, así como el Impuesto de Plusvalía Municipal que se tributa al ayuntamiento.

Ambos impuestos se generan con la venta de la vivienda y en la donación por parte del donante.

Si hay donación el donante tendrá que declarar en el IRPF la ganancia entre el valor de adquisición(50%) y el de la donación los 62.000 euros (50%) y tu cuando vendas tienes dos importes de adquisición los 62.000 (50%) de la donación recibida y el otro 50% que ya era tuyo y el valor de venta los 270.000 euros.

Saludos

#7

Re: Donaciön tia sobrina

Muchísimas gracias por tu respuesta.

Sin falta iré a que me hagan todo lo antes posible.

#8

Re: Donaciön tia sobrina

Existe un riesgo o problema en el asunto, y es que si declaras la donación por 122.000 y al poco lo vendes por 270.000, te van a "rescatar" ese valor de 270.000 para aplicártelo a la donación, y te van a girar una complementaria, ya que uno de los medios de comprobación del art. 57 de la LGT es el valor declarado en otras transmisiones del bien en el plazo de un año. Podrían no darse cuenta, aunque lo dudo, es una información que van a tener y que les va a saltar a poco que relacionen una cosa con la otra.

En una donación de dinero no existe ese riesgo, no te pueden comprobar el valor. Yo pienso que deberíais vender tal como está, las dos, y que luego tu tía te done exclusivamente el dinero que te haga falta para la compra del otro piso.

Por otra parte, si se realiza la donación del piso, ese contrato de arras ya no vale, tendréis que firmar otro.