La empresa te tiene que regularizar las retenciónes de acuerdo con lo que presumiblemente vas a ganar en todo el ejercicio.
Pero lo importante en mi opinión, es que lo que debes de tener en cuenta en tu declaración es la casilla 0557: Cuota resultante de la autoliquidación.
En esa casilla te refleja el importe que has pagado por IRPF durante el ejercicio. Si te han retenido un importe mayor, te devolverán la diferencia y si te han retenido un importe menor, tendrás que pagar la diferencia.
Lo del salto de tramo, no significa que toda tu renta va a tributar al tipo más alto. Querrá decir que parte de tu renta sí que lo va a hacer. Y tienes como ejemplo la base liquidable del ahorro en que solamente tiene tres tramos. Si tienes unos rendimientos de hasta 6.000 euros, tributarás al 19%. En cambio si tienes unos rendimientos de 7.000 euros, no significa que toda la cantidad te va a tributar a un tipo mayor. Tendrás que hasta 6.000 euros segurirás tributando al 19% y por los 1.000 euros restantes (cambio de escalón) tributarás al 21%.
Un saludo.