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IRNR año parcial

2 respuestas
IRNR año parcial
IRNR año parcial
#1

IRNR año parcial

Hola,

Muchas gracias por la información que dais en este foro, es muy útil.

He llegado a esta pagina buscando información sobre mi situación. Tengo una casa vacía y hace 4 años que vivo en el Reino Unido.

He pagado cada año Impuesto de la Renta de No Residentes y me acaban de mandar una notificación de Hacienda de que les debo dinero del primer año (2014). Me fui en Mayo y el gestor me dijo que solamente tenia que pagar una parte proporcional del IRNR, pero Hacienda insiste que hay que pagar todo el año.

Hice la alegación por Internet demostrando cuando me fui (15 de Junio), pero me han contestado que pague y punto, que la ley dice que hay que pagar el año entero.

No se si por donde empezar buscando información de esta ley, así que agradecería cualquier ayuda al respeto.

Saludos.

#2

Re: IRNR año parcial

aunque parece paradójico e injusto, entiendo que a lo que Hacienda se agarra es que el IRNR estipula que

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4527

Artículo 27. Devengo.

1. El impuesto se devengará:

) Tratándose de rentas imputadas correspondientes a los bienes inmuebles urbanos, el 31 de diciembre de cada año.

 

"Rentas imputadas de los bienes inmuebles situados en territorio español a que se refiere el artículo 24.5 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 45 de marzo: el plazo de presentación e ingreso será el año natural siguiente a la fecha de devengo. "

Es decir, por un lado no se tiene en cuenta la consideración trimestre a trimestre en el IRNR de las imputaciones de renta, como para otros rendimientos, por ejemplo los alquileres.

Y además,  dado que en ese año has pasado a ser no residente, el IRNR no contempla el concepto de "vivienda habitual" como sí pasa en el IRPF, y entonces los inmuebles que tenga un no residente en España o bien los tienes alquilados, o bien están a tu disposición y en este caso te producen la renta imputada.  Y como has sido propietario todo el año, entonces consideran la imputación de renta para todo el año, aunque realmente fuese tu vivienda habitual hasta que te marchaste.

 

#3

Re: IRNR año parcial

@Bacalo, muchas gracias por la respuesta.

Entiendo lo que dices y gracias por mostrarme la ley a la que hacen referencia.

El importe es muy bajo y además no me penalizan, ni multan ni cobran intereses, así que aunque lo vea injusto voy a pagar y olvidarme.

Muchas gracias por la información.