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Incremento patrimonial

1 respuesta
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#1

Incremento patrimonial

Vendí un inmueble a finales de 2017 en la provincia de Alicante, al proceder pago de la plusvalía me dejan el pago en suspenso debido a estar sub iudice su normativa. ¿Debo declarar en IRPF 2017 el incremento patrimonial sin la minoración correspondiente del mentado impuestio o hacerlo en el próximo ejercicio que supongo abonado, o declararlo en el presente sin la deducción y posteriormente proceder a formular una complementaria? Agradezco respuestas.

#2

Re: Incremento patrimonial

Por ahora, si no has pagado el IIVTNU, no podrías usarlo para disminuir el valor de venta. Lo correcto es presentar la declaración ahora con los gastos soportados y acreditados, y si más adelante al final tienes que pagar el IIVTNU, presentar una solicitud de ingresos indebidos.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!