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Compensación perdida y ganancia.

10 respuestas
Compensación perdida y ganancia.
Compensación perdida y ganancia.
#1

Compensación perdida y ganancia.

Hola, me gustaría saber si podríamos compensar la pérdida con la ganancia de dos viviendas en el caso siguiente :
Mi mujer y yo nos casamos en régimen de gananciales y aportamos un piso cada uno de solteros, vendimos en mayo del 2015 el que era nuestra vivienda habitual con una pérdida de 60.000€, en enero de 2.017 vendimos el otro piso,(que no fue nuestra vivienda habitual por estar viviendo de alquiler cerca de un familiar con problemas de movilidad) . Con una ganancia de 100.000€, y en abril de 2.017 compramos ya la vivienda que es ya nuestra vivienda habitual.
Gracias.

#2

Re: Compensación perdida y ganancia.

La pérdida patrimonail, al no haberse compensado en su ejercicio (2015), se puede compensar en los cuatro siguientes. No obstante, sería necesario haberla declarado en su ejercicio (2015) ¿Se declaró?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Compensación perdida y ganancia.

Si, ya en la declaración de la renta del ejercicio 2015 aparece como pérdida.

#4

Re: Compensación perdida y ganancia.

Pues sin problemas.

P.D. Importante: En tu primer mensaje dices que ambas viviendas fueron aportadas a la sociedad de gananciales. Supongo que lo hicísteis de manera oficial y que no es una simple expresión coloquial.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Compensación perdida y ganancia.

Si, nos casamos en el año 2.007, en régimen de gananciales.supongo que este dato es importante.
El piso que nos da ganancia fue comprado en el 2 .000 y el que nos dio perdida en el año 2.004.
Muchas gracias.

#6

Re: Compensación perdida y ganancia.

No, eso no es lo importante. Lo importante es saber si los dos pisos pertenecen a la sociedad de gananciales, para lo cual, en principio, hay que aportarlos. Por eso pregunto si tu comentario del primer mensaje se ajusta a la realidad o no.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Compensación perdida y ganancia.

De hecho el primer año de casados, a mi mujer Le vino la declaración hecha desgravando su vivienda y yo por mi parte desgravando por la mía por desconocimiento, y hacienda ya nos llamó al orden y tuvimos que hacerla de nuevo, supongo que con esto, la aportación al la sociedad bastará.

#8

Re: Compensación perdida y ganancia.

Te cuento, al comprar vuestras viviendas antes del matrimonio son privativas de cada uno, no de la sociedad de gananciales. Sólo la vivienda de ella, por haber sido la vivienda habitual, pudiera ser en parte de la sociedad de gananciales si se ha pagado algo después del matrimonio.

Al ser de propiedad privativa, en principio, la compensación sólo la podéis hacer si presentaís declaración conjunta, salvo lo dicho para la vivienda habitual pagada despues de casaros.

Otra posibilidad es que la ganancia patrimonial o una parte, puede estar exenta si hay reinversión en la nueva vivienda habitual.

Como ves, hay varias alternativas, pero no sé si os interesa la declaración conjunta.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Compensación perdida y ganancia.

Las declaraciones anteriores las presentamos conjuntamente, también cuando vendimos la primera vivienda con una parte redugimos la hipoteca de la segunda vivienda, y hemos hecho una reínversion de la vivienda habitual con los dos como propietarios.
Muchas gracias por la atención.

#10

Re: Compensación perdida y ganancia.

Si la venta de la primera vivienda dio pérdidas, no habéis hecho reinversión ninguna a efectos fiscales. Por tanto rectifico mi comentario sobre reinversión porque la segunda vivienda no era vivienda habitual y, por tanto, no puede beneficiarse de la reinversión.

Resumiendo, podéis hacer la compensación de pérdida y ganancia siempre que presentéis declaración conjunta.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Compensación perdida y ganancia.

Gracias por la aclaración, haremos la declaración conjunta.