Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%

7 respuestas
Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%
2 suscriptores
Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%
#1

Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%

Mi madre de 80 años de edad, percibe una pensión mínima de jubilación.
En el año 2016 cobró: 8.905 €/anuales (636,10 euros/mensual)
En 2017 cobro: 8.927 €/anuales (637,70 euros/mes)
A parte tiene aproximadamente 35.000 euros de saldo en distintas cuentas bancarias, que le rentan unos ingresos de 300 €/anuales.
Hasta hace dos años vivía sola en un pueblo bastante distante del resto de la familia. Y a principios del año 2016 el médico le diagnosticó deterioro cognitivo de evaluación subaguda, e insuficiencia renal estadio 4. Recomendando a los familiares que debido a su estado de salud, no podía vivir sola. Entonces los hijos, a principios del año 2016 decidimos ingresarla en centro de atención a personas mayores, costando su cuidado 1.100 € cada mes. El pago se realiza con el ingreso de su pensión (636 €) y el resto hasta los 1.100 €, se pone del saldo de sus cuentas bancarias.
Desde el año 1.995 aproximadamente tiene reconocida una incapacidad del 51%. Y en Noviembre del 2016, le fue reconocido por los servicios sociales, una dependencia del grado 1.
A pesar de tener reconocido una discapacidad del 51%, y una dependencia del grado 1. No percibe ninguna ayuda económica.
Desde el mes de Junio del año 2.017, (yo el hijo) soy el tutor Judicialmente.
En el año 2.017, en el borrador de la declaración de la renta de las Personas Físicas de mi madre, le constaba a devolver, y entonces yo lo presenté en la Delegación de Hacienda. Y la persona que me atendió a la hora de entregar el borrador de mi madre, me informa de que podría incluirla en mi declaración de la renta y obtener la deducción de 1.200 €. A los pocos días vuelvo a la Delegación de Hacienda con la documentación que debía presentar para incluirla en mi declaración de la renta, y la persona que me atendió la segunda vez, me dice que no puedo incluirla ni derecho a la deducción fiscal de 1.200 €. Posteriormente consulto en “atención al contribuyente” y la respuesta fue, que hiciera un escrito de reclamación.
Según los datos indicados anteriormente. Por favor alguien me puede informar, si al realizar mi declaración de la Renta de las Personas Físicas, tengo derecho a poder incluir a mi madre en el apartado “Deducciones por personas mayores a cargo” y por lo tanto derecho a la deducción fiscal de 1.200 €.
Gracias de antemano.

#2

Re: Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%

Buenos días Simarey,

Según la Agencia Tributaria, los requisitos para tener derecho a la deducción de 1200€ por ascendientes con discapacidad a cargo son los siguientes: 

  • El ascendiente debe serlo en línea directa por consanguinidad, afinidad o adopción

  • El ascendiente debe convivir con el contribuyente y no tener rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.

  • La suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no sea superior a 25.000 euros, en tributación individual, o a 40.000 euros, en tributación conjunta.

  • No procederá la aplicación de esta deducción cuando los ascendientes que generen el derecho a la misma presenten declaración por el IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

  • La determinación de las circunstancias personales y familiares que deban tenerse en cuenta se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de devengo del impuesto. No obstante, será necesario que los ascendientes convivan con el contribuyente, al menos la mitad del período impositivo.

  • Entre otros casos, se considerará que conviven con el contribuyente los ascendientes con discapacidad que, dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados.

Atendiendo a los requisitos de la Agencia Tributaria, y con los datos que nos has proporcionado, en lo referente a la convivencia interpreto que sí que tienes derecho a esta deducción, ya que el hecho de que esté internada en un centro especializado en principio sí que  se considera convivencia. Habría que ver por otra parte que las rentas del ascendiente no excedan de los límites anteriormente expuestos, aquí interpreto que es donde se encuentra el problema.

#3

Re: Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%

El probelma que veo en tu caso y por lo que en la Agencia Tributaria te han dado respuestas contradictorias puede ser en la interpretación del párrafo del artículo 59:

Entre otros casos, se considerará que conviven con el contribuyente los ascendientes con discapacidad que, dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados.

Por una parte dices que tu madre abona el importe del centro, en cuyo caso es interpretable que no depende de ti.

Pero por otro dices que eres tutor judicialmente, por lo que es interpretable que sí depende de ti.

Yo me inclinaría porque sí tienes derecho a la deducción. Pero ya has comprobado en tus carnes dos formas de ver el asunto en la propia Agencia Tributaria. Aunque desconozco los argumentos que en Hacienda te dieron para darte las dos respuestas contradictorias

Un saludo.

 

#5

Re: Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%

En el IRPF hay un mínimo por ascendientes:

" será de 1.150 euros anuales, por cada uno de ellos mayor de 65 años o discapacitado con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, cualquiera que sea su edad, que conviva con el contribuyente al menos la mitad del ejercicio, no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros y no presente declaración por IRPF con rentas superiores a 1.800 euros. 

Cuando el ascendiente sea mayor de 75 años, el mínimo señalado anteriormente se aumentará en 1.400 euros anuales."

Y una "Deducción por ascendientes con discapacidad a cargo", que se percibe si se cumplen los requisitos anteriores, el ascendiente tiene una minusvalía mínima del 33% y tú eres trabajador en activo, pensionista o recibes prestación por desempleo.

 

En tu caso, parece que el problema está en haber presentado la declaración del IRPF de tu madre con rentas superiores a 1.800 euros. NO tienes que presentar este año la declaración de tu madre, ya que no tiene obligación de presentarla, y como mucho le van a devolver las retenciones de los 300 euros que citas de intereses (unos 60 euros) ya que imagino no le retienen nada de la pensión, mientras que a ti probablemente te van a devolver más dinero (solo los 1.200 euros de la deducción son más).

Los requisitos de renta de menos de 8.000 euros lo cumple, ya se ha discutido en el foro varias veces que se toman rendimientos netos restando 2.000 euros de gastos del trabajo, por tanto tu madre está por debajo del límite de 8.000.

La declaración que presentaste de tu madre en 2017 para el ejercicio 2016 hace que tengas perdida la deducción y el mínimo para ese año, pero cuando presentes dentro de unas semanas la de 2017, no deberías cometer el mismo error: no presentes la declaración de tu madre y así puedes aplicar en la tuya el mínimo por ascendientes y la deducción por ascendiente con discapacidad a cargo.

#6

Re: Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%

Muchas gracias a ambos por sus respuestas. Posiblemente el fallo ha sido mio, por no solicitar la información por escrito. Lo consulte verbalmente, y un supervisor y al funcionario de información al contribuyente y me dicen que si tengo derecho a la deducción. Y un segundo supervisor me dice que no, y si no estoy de acuerdo que puedo realizar una reclamacion. Pero al no requerir la información por escrito no puedo justificarlo.

#7

Re: Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%

Yo he intentado hacer la declaracion y a la hora de calcular la deduccion me pone 200 euroa en vez de 1200 como el año pasadono entiendo el.porque

#8

Re: Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%

Marta ¿me puedes decir, por favor, dónde está regulado el requisito de que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no sea superior a 25.000 euros, en tributación individual, o a 40.000 euros, en tributación conjunta?

Gracias.

#9

Re: Derecho a deducción fiscal por ascendiente con discapacidad superior al 33%

Yo tampoco lo encuentro, por favor, si lo sabéis comentad.