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Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?

6 respuestas
Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?
Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?
#1

Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?

Buenas tardes, amigos/as de Rankia:

Me preguntaba si el impuesto para las plusvalías en bolsa del 18% debía hacerse, sí o sí, cada año, aun cuando yo no haya sacado ni un céntimo de la cuenta del Broker. Ejemplo práctico: en enero de 2017 ingreso 500 euros en DEGIRO y ahora, en 2018, ese monto asciende a 900 euros, que no pienso sacar de esa cuenta, sino que sigo reinvirtiendo. Entonces, ¿debo aplicarles a esos 400 euros un 18% de impuestos anuales igualmente o sólo en el momento en que los transfiera a mi banco?

En mi opinión, si no extraigo esos beneficios sino que los reinvierto, Hacienda no debería obligarme a tributar por ellos. Pero esa es mi lógica, pues soy un amateur : )

Gracias por leer y por responder, si pueden ayudarme.

#2

Re: Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?

Si has pasado de tener 400 euros a tener 900 euros, puede ser por dos motivos:

-Porque has ingresado la diferencia.

-Porque has hecho alguna/s operación/es que te ha reportado 500 euros de ganancia.

Si ha sido por lo segundo, las ganancias se declaran en el ejercicio que se producen.

Un saludo.

#3

Re: Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?

Gracias por responder, Batiscafo:

Hipotéticamente habría obtenido 400 € de rentabilidad (de 500 a 900 euros) en 2017, luego durante la Renta de 2018 debería declarar esos 400 euros y recibir la mordida del 18%, ¿es así?

¿Existe alguna forma de minimizar esos impuestos anuales, Batiscafo?

#4

Re: Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?

Tienes razón. Has ganado 400 euros.

Ese importe debes declararlo en el ejercicio que lo has obtenido.

Y tributará en la base liquidable del ahorro al 19%, los primeros 6.000 euros; al 21%, los 44.000 euros siguientes y al 23% a partir de 50.000 euros.

Pero todo depende de si has tenido otros ingresos.

Algunos casos.

-Si no has obtenido más ingresos que el que citas, no estás ni obligado a presentar declaración.

-Si el total de tus rendimientos (en el caso de que no tengas cargas familiares), no superase la cantidad de 5.550 euros, no tributarías nada.

Un saludo.

#5

Re: Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?

Gracias otra vez por responder, Batiscafo:

Me queda claro que debo declarar y tributar por esas ganancias. En mi caso sucede que soy autónomo, y me surge la duda de si debo presentar dos declaraciones diferentes: una como autónomo (digamos por valor de 10 mil euros por estimación directa) y otra como inversor particular (esos 400 euros). Quizá usted, Batiscafo, tiene por casualidad una situación parecida.

Por otra parte, el 19% de 400 euros son 76 euros y pico. ¿Este importe se ingresa de forma similar a las declaraciones trimestrales de impuestos, es decir, marcando la casilla 'a ingresar' y mis datos bancarios?

Ojalá que este hilo pueda ayudar a otros tan despistados como yo : )

#6

Re: Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?

Lo tienes que incluir en la misma declaración.

Si eres autónomo, los ingresos y gastos de tu actividad los declararaás como Rendimientos de actividades económicas (Letra E).

Las ganancias que has obtenido, en el apartado Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.(Letra G2).

El 19% te puede parecer un pico pero es para todos igual. Si tienes un depósito a plazo fijo y te dan 400 euros, en el momento de pagarte el banco ya te retiene el 19%. Lo pagas ya en el momento del cobro.

Cuando introduzcas todos los rendimientos en tu IRPF, la declaración te dará el resultado de "a pagar" o "a devolver" y tienes que  indicar la cuenta bancaria donde quieres que te carguen el importe o te hagan la devolución pertinente. En el caso de que tengas que pagar, lo puedes hacer en dos plazos: 60% en junio y 40% en noviembre.

Un saludo.

#7

Re: Acciones: ¿Puedo eludir el impuesto del 18% si no saco mi dinero del broker?

Genial, Batiscafo. Ahora me ha quedado todo mucho más claro. Voy a copiar tu respuesta y seguramente me la imprima, pues me será de gran ayuda cuando tenga que rellenar la declaración.

Muchas gracias por todo, Batiscafo. Que vaya todo bien : )