Acceder

Herencia o donacion de bien inmueble

3 respuestas
Herencia o donacion de bien inmueble
Herencia o donacion de bien inmueble
#1

Herencia o donacion de bien inmueble

Hola Agradeceria ayuda. Mis tios no tienen hijos y como sobrino suyo quieren dejarme una vivienda secundaria en Andalucia, pero tienen la duda de si me la dejan en herencia o mediante donacion. Como es lógico queremos pagar menos impuestos por alguna de ambas figuras. El valor catastral de dicha vivienda es de 85000 €. Algun experto me podría dar la cantidad que pagaría de impuestos en uno y otro caso  ? Creo que la ley cambia para el 1 de enero, pero al ser sobrino no creo que me afecte. Muchas gracias por vuestra colaboracion

#2

Re: Herencia o donacion de bien inmueble

Una donación de 85.000 euros para un sobrino, paga 15.870 euros de impuesto (18,67%)

Una herencia de 85.000 euros (considerandola un legado y sin ajuar) para un sobrino, paga 13.589 euros de impuesto (17,99%)

Todo con la tarifa y condiciones estatales, que deben ser los mismos en tu caso.

La herencia es casi siempre mas ventajosa.

#3

Re: Herencia o donacion de bien inmueble

Hola. A fin de pagar los menos impuestos posibles, estamos sopesando la posibilidad de que la vivienda de mi tio la herede mi padre, es decir, su hermano en vez de el sobrino que soy yo, para que luego en el futuro yo la reciba en la herencia de mi padre. Aunque en este caso habria que pagar dos veces el impuesto, merece más la pena esto que expongo  y nos ahorraremos algo, o por contra no merecerá la pena y es mejor el acto de transmision tio.sobrino  como se había pensado inicialmente ??? Qedo a la espera de respuesta. Muchas gracias anticipadas y un saludo.

#4

Re: Herencia o donacion de bien inmueble

Existe el mismo grado de parentesco a efectos de sucesiones entre hermanos, que entre tios-sobrinos, es decir, pagan lo mismo. Por lo tanto, lo que planteas no merece la pena, ya que tu padre pagaría lo mismo que pagarías tú, y encima luego quedaría la de tu padre a ti (aunque en esa puede que no salga cuota), y eso sin tener en cuenta la duplicidad de gastos también de notario, registro, etc.