Heredero vs legitima
Buenas tardes, tengo algunas dudas con respecto a una herencia y ojala me pudieseis ayudar, porque tengo una aceptacion de herencia la proxima semana y hoy me han llamado de la notaria con unos cambios que ha pedido el abogado de la parte legitimaria.
Quisiera saber si las rentas vitaliacias pueden computar en una legitima. y si es asi, que valor tiene que ser. Pongo el ejemplo mas explicado.
Hay una unica heredera y una lgitimaria. Y lo que hay a repartir es:
Inmueble
Cuenta corriente
y 2 seguros de vida, uno de ellos es renta vitalicia (en la poliza de ambos seguro esta repartido a partes iguales, 50% y 50%
Tenia entendido que los seguros no computan en el testamento. Y lo que que si computa es en este caso, es el inmueble y la cuenta corriente.
Pero hoy me han llamado de la notaria porque el abogado habia presentado un papel de la renta vitalicia pidiendo que computara para el calculo de la legitima, esto se puede hacer? y en caso de que se pueda hacer, se le tiene que dar lo porpocional a un 50% o a al 100% de esa renta vitalicia?
Ojala me podais aclarar este asunto, ya que todo este tema es muy engorroso, no me manejo en el ambito y me tiene estresada.
Muchas gracias :)
PD: esto es de barcelona, lo digo por lo del derecho civil catalan, que algo he leido por ahi.