Al parecer la pérdida procede de la venta declarada en el año 2014.
No sé si en la declaración del año 2014 y 2015, pudiste compensar alguna cantidad.
El pérdida pendiente de compensar en declarción 2016, se incluye en la casilla 394.
Pero para que puedas compensar, deberías haber tenido ganancias patrimoniales (por venta de otros inmuebles, venta de acciones, venta de fondos de inversión...) es decir, algún saldo en la casilla 384.
De todas formas, incluye el importe en la casilla 394. Si no esposible ninguna compensación, te la dejará vacía. Y si es posible, te dejará el importe que sí has compensado (el total o parte de la pérdida).
Un saludo.