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Tributación Subvención pago Alquiler Renta 2016

5 respuestas
Tributación Subvención pago Alquiler Renta 2016
Tributación Subvención pago Alquiler Renta 2016
#1

Tributación Subvención pago Alquiler Renta 2016

Buenos días,

Mi madre percibió en el 2016 una subvención para el pago del aquiler de 1800€. Por lo que tengo entendido, si supera los 1000€ se está obligado a tributar independientemente de estar obligado o no a hacer la declaración. Ella únicamente tiene unos ingresos de 12300 provenientes de su pensión de viudedad por la que no le retienen nada, no tiene más ingresos ni ahorros. He descargado el borrador por la Web de la Agencia Tributaria, y a falta de incorporar la deducción por el pago del alquiler le saldría a pagar unos 510€. Mi duda es la siguiente ¿ a qué porcentaje tributarían las subvenciones para el pago del alquiler ??? Tributan como un incremento patromonial. Gracias!

#2

Re: Tributación Subvención pago Alquiler Renta 2016

estas subvenciones van en la base general, sumadas al resto de sus ingresos; por tanto, el tipo no es fijo como en la base del ahorro, sino que irán al tipo marginal que le corresponda. Añade la cantidad en la casilla 269 "Otras ganancias y/o pérdidas patrimoniales imputables a 2016 " y ves el resultado.

 

#3

Re: Tributación Subvención pago Alquiler Renta 2016

Muchas gracias! Así lo haré. Saludos

#4

Re: Tributación Subvención pago Alquiler Renta 2016

¿Has comprobado si se trata de una renta exenta?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Tributación Subvención pago Alquiler Renta 2016

Sí, no está exenta. Tributa como un incremento patrimonial. Otra duda que me surge...por ejemplo, el año pasado ella no presentó declaración puesto que al pasar su pensión de viudedad a no tributar no tenía derecho tampoco a deducirse el alquiler. Mi duda, si teóricamente tiene que tributar por esa subvención puede deducirse el alquiler y así compensar lo que le saldría a pagar ?

Gracias!!

#6

Re: Tributación Subvención pago Alquiler Renta 2016

Otras dudas que me van surgiendo... Del mismo modo que pudiera deducir por el alquiler a nivel general, deduzco que también puede deducir el alquiler a nivel autonómico, verdad??? Claro modificando el borrardor que ellos te presentan : el que me presentan incluye la subvención de 1800 pero sin ninguna deducción, lo que le saldría a pagar 591€; si incluyo la deducción por alquiler de la vivienda general todavía le saldría a pagar 58€ pero si además incluyo la deducción por el alquiler a nivel autonómico el resultado ya se queda en 0€ ¿ Sería lo correcto ??

Otra duda, pero que en este caso no la podría ya aplicar. Estoy viendo también que en mi Comunidad Autónoma hay una deducción para personas que se han quedado viudas. Leyendo la información pone para quien se hubiera quedado viudo/a en el 2016 o los 2 años anteriores. Mi suegra perdió a su marido en el 2015 pero por desconocimiento de esta deducción no se aplicó en su momento, ¿ podría aplicársela ahora?

Graciaaas!!