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Re: IRPF venta de piso heredado y pensión invalidez absoluta permanente
Si has vendido el 50% del inmueble tendrás que declarar la ganancia/pérdida entre el valor de venta y el valor de adquisición que se corresponde con el precio que se valoró en el Impuesto de Sucesiones cuando lo heredaste.
Del valor de venta, puedes restar los gastos que hayas pagado para realizar la operación (impuestos, notaría...).
Y al valor de adqusición, le puedes sumar los gastos que puedas justificar documentalmente que pagaste incluido la parte proporcional del Impuesto de Sucesiones en el caso de heredases más bienes junto al inmueble.
Un saludo.