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Doble imposicion por servicios

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Doble imposicion por servicios

Hola

Somos una empresa radicada en Francia que posee una base de datos de tecnología que comercializa.

Vendemos licencias de uso de partes de esa base a diferentes clientesde toda la unión Europa en función de unos criterios de segmentación que ellos mismo establecen.

Por este servicio, cobramos un dinero evidentemente y emitimos una factura intracomunitaria de servicios.

Un cliente español, acogiéndose al criterio de doble imposición, nos reclama un 5% del servicio facturado.

¿Podría alguien indicarme si es correcto lo que nos exige y las razones por lo que lo es o no lo es?

Gracias
ANa