Acceder

Antiguo Impuesto de Patrimonio. Consulta

2 respuestas
Antiguo Impuesto de Patrimonio. Consulta
Antiguo Impuesto de Patrimonio. Consulta
#1

Antiguo Impuesto de Patrimonio. Consulta

Al hilo de ver las Declaraciones de Patrimonio de los ministros (la de Chaves es de risa, hay que tener cara para declarar 68.000 €), me he acordado de que tenía una`pregunta pendiente, a saber:

¿para tener obligación de declarar este impuesto, se debía tener un patrimonio superior a 600.000 €, verdad?
¿y este patrimonio se cuantificaba con el valor real de una cartera de acciones, por ejemplo, o por su valor nominal?
¿y en el caso de propiedades inmobiliarias, imagino que por el valor catastral que todos podemos ver en nuestro IBI, no?.

Gracias por lo que me aportéis, el saber no ocupa lugar.....y teniendo en cuenta que utilizamos muy poquito del cerebro este nuestro seguro que en el disco duro aún me queda sitio para esto.
Un cordial saludo

#3

Re: Antiguo Impuesto de Patrimonio. Consulta

Algunos límites dependían ya de la Comunidad Autónoma. A nivel estatal, el límite para no tener que presentar declaración era de 108.182,18 euros.

Los inmuebles se valoraban por el mayor de tres valores:

- El de adquisición.
- El catastral.
- El comprobado por la Administración a efectos de otros tributos.

Sobre la vivienda habitual existía una exención hasta 150.253,03 euros (límite que podía variar también según la comunidad).

Los depósitos y cuentas corrientes por el mayor de dos valores:

- Saldo a 31.12
- Saldo medio del último trimestre.

Las acciones por el valor de cotización medio del último trimestre, los fondos de inversión por su valoración a 31.12, los seguros por su valor de rescate a 31.12. Otros bienes, en general, por el valor de mercado a 31.12 y las deudas restaban por el pendiente de amortizar a 31.12

Saludos.

#4

Re: Antiguo Impuesto de Patrimonio. Consulta

Muchas gracias