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Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?

6 respuestas
Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?
Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?

CÓDIGO AMIGO

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#1

Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?

Dispongo de tienda online desde el año pasado. Estoy en recargo de equivalencia por lo que no hago declaración de IVA, pero sí de IRPF. El año pasado he ido haciendo todas las correspondientes cada trimestre.

De momento, con la tienda, no tengo beneficios, por lo que todas las declaraciones que he hecho han sido negativas (sigo comprando género que de momento no amortizo al no tener apenas ventas).

Mi pregunta es, ¿Con la primera declaración de este año 2016, que hay que hacer ya, tengo que tener en cuenta el importe de la pasada declaración (último trimestre de 2015) o al cambiar de año se empieza de cero?

Lo digo porque, si en la declaración de la renta de este año, hay que liquidar supuestamente los beneficios del año pasado, no tendría sentido seguir con los importes del IRPF del año anterior, ¿no?

Gracias al que pueda contestarme :)

#2

Re: Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?

Si te refieres al modelo 131, empieza de cero.

Un saludo.

#3

Re: Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?

Hola batiscafo, gracias por responder. En concreto el que yo hago es el 130, es lo mismo?

#4

Re: Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?

Es lo mismo.

Un saludo.

#5

Re: Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?

Una cosa son las Declaraciones Trimestrales a presentar antes del 20 del mes siguiente a la finalización del Trimestre, que son entregas a cuenta del ejercicio que se declara.

Otra cosa es la Declaración Anual MODELO 100 que corresponde al total de los rendimientos, del año anterior a la presentación y donde se tienen en cuenta las retenciones o entregas a cuenta ya ingresadas durante el ejercicio . Ejemplo : Se declara en los próximos días y hasta el 30 de Junio del 2016 el ejercicio 2015, con todos los rendimientos obtenidos ( Declaración del IRPF).

Si tu actividad no esta en Estimación Objetiva (Módulos) y esta en Estimación Directa , el MODELO a presentar trimestralmente no es el 131 es el 130 , si estas en Módulos si es el 131.

Si estas en Estimación Directa tienes que llevar un Libro Registro de las Compras-Ventas-Gatos, aunque no este obligado a presentar el IVA por el Régimen de Equivalencia , ya que tus importes a registrar son siempre por el Total (IVA incluido).

Si es esta la actividad (No Módulos) y tienes existencias , estas las debes considerar como tales y las Compras no han de coincidir con los Consumos.

Consumos = Compras (+) Existencias Iniciales (-) Existencias Finales.

Beneficio fiscal = Ventas (-)Gatos (-)Consumos.

Tienes que tener un registro de existencias o inventario.

Si estas en Módulos no es necesario estos Registros y Control ya que se liquida por unos parámetros que cada Epígrafe del IAE tiene asignados.

Saludos

#6

Re: Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?

Perdona, son "Gatos" son "Gastos" .... El gato lo he cometido yo al escribirlo

Saludos

#7

Re: Primera declaración de IRPF del año ¿Hay que tener en cuenta el anterior?

Hola Lunatico,

Gracias por la extensa respuesta.

Entiendo que el modelo 100 es la "declaración de la renta" de toda la vida. En ese caso, y teniendo en cuenta que todas mis declaraciones del modelo 130 del año 2015 han sido "negativas" (no he tenido beneficios), ¿He de indicar algo?

Mi actividad es en estimación directa, recargo de equivalencia. Voy haciendo un libro de Excel con todas las ventas y compras, supongo que con eso vale. Luego con ese libro, hago los modelos 130 cada trimestre.

No entiendo lo que dices de las existencias. Todo el género que tengo lo he comprado nuevo aposta para la tienda (no tenia nada anteriormente).

El inventario, entiendo que el propio que tiene la tienda online es suficiente, allí puedo consultar en todo momento qué artículos tengo y qué cantidad de cada uno, con más detalles.

Gracias por la aclaración!