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Retencion alquiler no percibidas

3 respuestas
Retencion alquiler no percibidas
Retencion alquiler no percibidas
#1

Retencion alquiler no percibidas

Buenas tardes mi duda era la siguiente

Año 2014 inquilino no paga ninguna mensualidad, en Julio de 2014 se demanda al inquilino

1º ¿ que ingreso me tengo que imputar? los de todo el año de Enero a Diciembre o solo desde Enero a Junio pues imagino que al meterlo por el juzgado se rompre el contrato y eso ingreso no tengo ya que declararlos los de Julio a Dicimebre 2014??

2º¿ puedo meter como gasto de dudoso cobro las mensualidades de Enero a Junio de 2014 por haber pasado 6 meses?

3º ¿que hago con las retenciones no ingresas por el inquilino me las puedo deducir en mi declracion de irpf?? si es así

solo las de Enero a Junio o tambien las de Julio a Diciembre??

Si las puedo deducir todas las retenciones ¿ me van a llamar en Hacienda? porque si el inquilino no las ha ingresado van a salir del "bolsillo" de hacienda

Gracias un saludo

#3

Re: Retencion alquiler no percibidas

Gracias Lunatico, por tu interes, el enlace esta roto, pero comento lo que he averiguado por si a alguien le resulta de utilidad:

1º hay que declarar todos lon ingreso aunque no se cobren( se declaran cuando resulten exigibles).¿ pero claro si has declarado Ingresos de Enero a Diciembre ? ¿cuanto saldo de dudoso cobro puedo meter? los que van de Enero a Junio de 2014 si la denuncia se presento en JUNIO DE 2014 o puedes meter tambien los de Julio a Diciembre de 2014??

Pues la ley dice
"Cuando entre el momento de la primera gestión de cobro( en mi caso Julio de 2014) realizada por el contribuyente y el de la finalización del período impositivo hubiesen transcurrido más de seis meses, y no se hubiese producido una renovación de crédito"

No lo dice claro ¿ alguien puede opinar?

Interpretacion a) te deduces solo las mesualidades de Enero a Junio de 2014 en la declaracion de 2014( que se presenta hasta junio de 2015) y despues presentas rectificacion de autodeclaración pasados 6 meses de la ultima mensualidad no cobrada Diciembre de 2014 es decir rectificas declaracion en Julio 2015.

Interpretacion b) metes como dudoso cobro todo el año 2014 ya que dese la PRIMERA VEZ que se intento el cobro en Junio y la finalizacion del periodo impositivo han pasado mas 6 meses.

3º En cuanto a las retenciones del alquiler ha habido un cambio de criterio, antes se podian meter, pero ahora no se puede hacer hasta que no se abonen por la otra parte cuand el inquilino pague hay realizar una rectificacion de declaracion y meterlas en el año en que declaraste los ingresos.

saludos

#4

Re: Retencion alquiler no percibidas

El enlace no esta roto , te lleva a una pagina , donde tienes "Nueva consulta" - "Filtar Consulta" , pues si pinchas en "Nueva Consulta" se abre la ventana para poner el numero de la consulta V1979-09 y obter la contestacion.

Saludos