Acceder

Presentación documentación en Hacienda sobre préstamo privado

3 respuestas
Presentación documentación en Hacienda sobre préstamo privado
Presentación documentación en Hacienda sobre préstamo privado
#1

Presentación documentación en Hacienda sobre préstamo privado

Buenas,

mi padre me hizo un préstamo hace poco tiempo pero se lo voy a devolver porque ya no me hace falta.
El contrato privado del préstamo y el anexo con su devolución ¿quién y dónde lo debe presentar?

Él vive en Madrid y yo en Barcelona.

¿Debería presentarlo yo en Barcelona con la firma mia y de mi padre o él en Madrid?

En todos los sitios he leido que este tipo de prestamos están exentos pero en la web de la Generalitat me da la sensación de que pone que se pagará un 1%.

11.Derechos reales de garantía, pensiones, fianzas, préstamos y obligaciones y condiciones resolutorias:
1,00%

http://etributs.gencat.cat/es/tributs/impost_sobre_transmissions_patrimonials_i_actes_juridics_documentats/transmissions_patrimonials_oneroses/tarifes_i_tipus_impositius/

¿Estoy equivocado? ¿Podría elegir pagarlo en Madrid y sería igual de legal?

Gracias

#2

Re: Presentación documentación en Hacienda sobre préstamo privado

Tienes que presentar la documentación en Barcelona.

Indica que el préstamo es sin intereses y sin prenda ni garantía.

Saludos.

#3

Re: Presentación documentación en Hacienda sobre préstamo privado

Estos préstamos están sujetos a tributación por la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Real Decreto Legislativo 1/1993), sin embargo estará exenta, de acuerdo al articulo. 45.I B. 15 del Real Decreto Legislativo 1/1993.

15. Los depósitos en efectivo y los préstamos, cualquiera que sea la forma en que se instrumenten, incluso los representados por pagarés, bonos, obligaciones y títulos análogos. La exención se extenderán a la transmisión posterior de los títulos que documenten el depósito o el préstamo, así como el gravamen sobre actos jurídicos documentados que recae sobre pagarés, bonos, obligaciones y demás títulos análogos emitidos en serie, por plazo no superior a dieciocho meses, representativos de capitales ajenos por los que se satisfaga una contraprestación por diferencia entre el importe satisfecho en la emisión y el comprometido a reembolsar al vencimiento, incluidos los préstamos representados por bonos de caja emitidos por los bancos industriales o de negocios.

Por lo que si no está exento de acuerdo a este artículo, si deberá de aplicarse un 1% en virtud del impuesto de transmisiones patrimoniales.  En cuyo caso, la liquidación se deberá de presentar en aquella comunidad autónoma donde resida habitualmente el prestatario, Barcelona.

Te puede interesar...
  1. Colchón de seguridad del empresario: cuánto dinero necesitas para proteger tu negocio y a tu familia
  2. 📉 Cómo evitar que caduquen tus pérdidas en Bolsa: guía para controlar los saldos pendientes en la Renta
  3. 💶 Cuenta Financia Europa: ¿cuánto puedes ahorrar en impuestos y qué tienes que sacrificar a cambio?