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Declaracion venta de piso heredado distintos años

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Declaracion venta de piso heredado distintos años
Declaracion venta de piso heredado distintos años
#1

Declaracion venta de piso heredado distintos años

Hola,

Mis hermanos y yo hemos vendido un piso en 2013 que heredamos de mis padres, en regimen de gananciales. Mi padre fallecio en 2008 y mi madre en 2010, en cada aceptación de herencia recibimos el 50% de la propiedad, dividida para los cuatro hermanos.

A la hora de declararlo en el programa Padre me surgen las siguientes dudas:

- ¿Hemos de declarar una única ganancia/perdida patrimonial o debemos hacerlo en dos partes?
- ¿El valor de adquisicion es el de la aceptacion de herencia o el de compra por parte de mis padres? Entiendo que es el de la aceptación de herencia, ya que por el hemos pagado impuestos.
- Por lo que he leido la fecha a declarar es la fecha del fallecimiento, no la fecha de la aceptacion de herencia. Pero seria la fecha de fallecimiento de mi madre, en la que ya recibimos el 100% de la herencia, o la de mi padre al recibir ya el 50%, o debemos hacer dos declaraciones una con cada fecha?

El piso se ha vendido con perdida patrimonial, al ser el valor de venta distinto al de adquisicion. Este año he comprado una vivienda habitual. Al no ser el piso vendido mi vivienda habitual ¿me puede desgravar algo?.

Gracias.

Saludos.

#2

Re: Declaracion venta de piso heredado distintos años

Cada heredero declarar la parte del inmueble vendido que le corresponda, por cada herencia.

La primera adquisición corresponde a la fecha de fallecimiento del padre-2008 y con el valor de adquisición que figura en la liquidación del Impuesto Sucesiones.

La segunda adquisición corresponde a la fecha de fallecimiento de la madre-2010 y con el valor de adquisición del impuesto de sucesiones.

No son DOS declaraciones , si son DOS cumplimentaciones Casilla 307 Clave 1 , declarando primero la parte adquirida en el 2008 , pinchando en el menú superior "alta elemento patrimonial" se abre una nueva ventana donde declarar la parte adquirida en el 2010.

No tiene deducción la compra de la vivienda habitual desde el 01-01-2013.

Saludos