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Declaración de la Renta sin hacer escritura de aceptación de herencia - IRPF

5 respuestas
Declaración de la Renta sin hacer escritura de aceptación de herencia - IRPF
Declaración de la Renta sin hacer escritura de aceptación de herencia - IRPF
#1

Declaración de la Renta sin hacer escritura de aceptación de herencia - IRPF

Buenas y enhorabuena por el foro,
Tengo que hacer la renta y se me plantean algunas dudas.
El año pasado desgraciadamente falleció mi padre, no hicimos aceptación de herencia, pero liquidamos el impuesto de sucesiones aquí en Canarias según Código Civil intestada, mi padre tenía un vivienda habitual y una segunda residencia en gananciales con mi madre y somos dos hijas. Ahora al hacer la declaración de la renta tengo problemas con los porcentajes de adjudicación, porque en teoría aunque no la hayamos aceptado tenemos que justificar ese 50% de mi padre fallecido como renta imputada, yo entiendo que de la vivienda habitual debe ser mi madre quien tenga ese 50% en usufructo y de la segunda vivienda pues se reparta en dos partes en pleno dominio y una tercera en usufructo de mi madre, pero se me plantean dudas, por que no se si esta bien y cara una comprobación de Hacienda que me pueden pedir si no he aceptado la herencia? En la liquidación del impuesto canario no hace esa consideración con la vivienda habitual y se reparte todo ese 50% en tres partes donde la tercera es mi madre quien tiene el derecho de usufructo.
Gracias por vuestra ayuda
(He consultado en mi administración de Hacienda y en la Delegación y me dicen que acuda a un asesor fiscal pero la verdad es que con los tiempos que corren no puedo permitírmelo.)

#2

Re: Declaración de la Renta sin hacer escritura de aceptación de herencia - IRPF

Vivienda habitual:

Totalmente de tu padre, tu madre tendría derecho a la 1/3 parte del usufructo, por tanto en la declaración entiendo que debería aparecer:

33% usufructo de tu madre
33% de plena propiedad para ti y lo mismo para tu hermana.

Segunda vivienda:

Tu madre: 50% de la propiedad y 16,67% del usufructo
Tu y tu hermana: 16,67% de plena propiedad cada una

Todo esto lo he dicho suponiendo que no hay testamento tal y como has dicho, sino hay que ver que dice este y que allí os guíais por el Código Civil Común, que creo que sí.

#3

Re: Declaración de la Renta sin hacer escritura de aceptación de herencia - IRPF

Gracias Kyrie, la vivienda habitual era también al 50% de los dos en gananciales. En esta no sería el 50% de mi padre usufructo para mi madre. Realmente los bienes están a disposición suya y sigue siendo su vivienda habitual.

#4

Re: Declaración de la Renta sin hacer escritura de aceptación de herencia - IRPF

Vale, pensé que la vivienda habitual era privativa de tu padre; en ese caso lo dicho para la segunda vivienda es aplicable para la primera.

Por otra parte decir que el 50% y el 16,67% de la vivienda habitual de tu madre no genera imputación de rentas inmobiliarias PARA TU MADRE al ser la vivienda habitual (si fuera la vuestra tampoco generaría rentas para vosotras), que se me olvidó precisarlo antes.

#5

Re: Declaración de la Renta sin hacer escritura de aceptación de herencia - IRPF

El problema es que solo es la vivienda habitual de ella. Hacienda nos podría requerir si ponemos que el 50% de mi padre fallecido es usufructo de mi madre. Y si fuera así como no hemos hecho las escrituras tendríamos que hacerlas? Es que aunque no las hemos hecho es así como se está llevando a cabo, en el sentido que mi madre es la que disfruta de la vivienda. Gracias otra vez. Perdona que tenga tantas dudas, probablemente hubiera sido más sencillo aceptar la herencia, pero la verdad es que nos cogió todo un poco de imprevisto.

#6

Re: Declaración de la Renta sin hacer escritura de aceptación de herencia - IRPF

A ver, te pongo cómo se tiene que poner en las declaraciones según lo que me has dicho, que es que no habéis hecho nada y habéis liquidado según el Código Civil:

A tu madre el 50% de la segunda vivienda en propiedad y el 16,67% del usufructo de la segunda vivienda.

Tu hermana y tu: el 16,67% de plena propiedad cada una por la vivienda habitual de tu madre y lo mismo por la segunda vivienda.

Y Hacienda no os va a decir nada por el IRPF y no os va a obligar a hacer nada más, como mucho os va a pedir que justifiquéis por qué ponéis eso, le decís que es porque habéis liquidado y lo habéis repartido tal como marca la legislación civil y listo.