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He de desgravar dos inmuebles alquilados en un año

3 respuestas
He de desgravar dos inmuebles alquilados en un año
He de desgravar dos inmuebles alquilados en un año
#1

He de desgravar dos inmuebles alquilados en un año

Al haber cambiado de domicilio habitual de alquiler he de poner dos referencias catastrales, hasta aki no creo haya problema!!!! En el nuevo domicilio hay dada una fianza... Se puede desgravar????
Si la empresa me adeuda las últimas 5 pagas extras.... No han de cotizar, nooo???? Y hacienda las cuenta en ingresos???

Otro tema es k actualmente cuido de mi madre q vive conmigo, paciente con alzheimer, pregunto ? Si se puede desgravar..., requisitos?????
Y una más, habiendo oagado más el ejercicio pasado en alquiler, xq se me devuelve menos habiendo cotizado el mismo IRPF???? K el anterior????
Y ya la última, ahora la empresa me incluye en nómina la nocturnidad, cual es la manera correcta??? Me influirá negativamente?????

Quien me gestionará mejor estos temas a un currante sin asesor???

Muchas gracias

#2

Re: He de desgravar dos inmuebles alquilados en un año

La fianza no desgrava, la recuperarás al finalizar el contrato.
Lo de las pagas extras que te responda otro, es una historia larga
Si tu madre ha convivido contigo en ese ejercicio mas de la mitad del año y cumple los demás requisitos se puede deducir como ascendiente.
Copio y pego de la AEAT:

Los descendientes han de cumplir los siguientes requisitos:

a) Convivir con el contribuyente que aplica el mínimo familiar, en la fecha de devengo del Impuesto (31-diciembre normalmente)

b) No haber cumplido 25 años, salvo que sean discapacitados en grado igual o superior al 33 por 100.

C) No deben tener rentas anuales superiores a 8.000 euros, excluidas las exentas.

No procederá aplicar el mínimo si el descendiente presenta declaración por este impuesto con rentas superiores a 1.800 euros.

LA devolución depende de muchos factores, imposible decirte por qué o por qué no sin todos los datos.
Eso de la nocturnidad es supongo mas sueldo, tributa en rentas del trabajo como todo lo demás, no influye que se llame de otra manera, lo normal es que si cobras ahora mas, tributarás por mas.
Todo esto te lo pueden hacer perfectamente en la cita previa, no hace falta ningún asesor

Un saludo

#3

Re: He de desgravar dos inmuebles alquilados en un año

Las pagas extras si has de incluirlas en el IRPF al menos (en la Seg. Social no sé como va), puesto que, aunque no las hayas cobrado, tienes derecho a ellas; de hecho deberían incluírse en el año en que debieron haberse recibido, aunque se paguen al siguiente o dentro de mucho tiempo.

#4

Re: He de desgravar dos inmuebles alquilados en un año

Por otra parte, respecto a tu madre, si en el futuro ha de internarse en un centro especializado, también tendrás derecho a deducirte por ella, siempre y cuando cumplas lo dicho por Leopol72