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¿Tengo derecho a reducción del 40% por la cantidad percibida en 2013, por sentencia? - declaración de la renta

4 respuestas
¿Tengo derecho a reducción del 40% por la cantidad percibida en 2013, por sentencia? - declaración de la renta
¿Tengo derecho a reducción del 40% por la cantidad percibida en 2013, por sentencia? - declaración de la renta
#1

¿Tengo derecho a reducción del 40% por la cantidad percibida en 2013, por sentencia? - declaración de la renta

Buenos días:
Tengo una duda, si en la presente anualidad he cobrado de acuerdo a una sentencia judicial (por unos trienios + atrasos, ambos correspondientes a los años 2007 a 2010) ¿tendría derecho a deducción del 40% por tratarse de rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular o no?
Cuando me los han abonado me han deducido por la totalidad, pero no se si esto es correcto y si puedo yo subsanarlo en mi declaración de la renta.
Gracias anticipadas.

#2

Re: ¿Tengo derecho a reducción del 40% por la cantidad percibida en 2013, por sentencia? - declaración de la renta

Si lo cobrado corresponde al periodo 2007-2010, es de aplicación la reducción del 40%.

Cuando comentas que te han deducido por la totalidad, entiendo que te refieres a que te han practicado retención sobre el total pagado, como es lo correcto. Como bien comentas en la Declaración se regulariza la retención practicada.

Saludos

#3

Re: ¿Tengo derecho a reducción del 40% por la cantidad percibida en 2013, por sentencia? - declaración de la renta

Muchas gracias.
Yo creia que era así, pero en los supuesto de la ley no sabía donde encajaba:
Será aplicable la reducción del 40% a los rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, siempre que se imputen en un único período impositivo. Tienen tal consideración exclusivamente los siguientes rendimientos:

a) Cantidades abonadas por la empresa por traslado a otro centro de trabajo, siempre que excedan del importe exento.

b) Indemnizaciones de regímenes públicos, asi como prestaciones de colegios de huérfanos o similares por lesiones no invalidantes.

c) Prestaciones por lesiones no invalidantes o incapacidad permanente por empresas o entes públicos.

d) Prestaciones por fallecimiento y gastos por sepelio o entierro no exentas.

e) Cantidades en compensación o reparación complementos salariales, pensiones o anualidades de duración indefinida o modificación de condiciones de trabajo.

f)Cantidades por resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral.

g) Premios literarios, artísticos o científicos no exentos.

Gracias de nuevo y felices fiestas.

#4

Re: ¿Tengo derecho a reducción del 40% por la cantidad percibida en 2013, por sentencia? - declaración de la renta

Te transcribo el apartado 2.a) del articulo 18 de la Ley 35/2006.

Artículo 18. Porcentajes de reducción aplicables a determinados rendimientos del trabajo.

1. Como regla general, los rendimientos íntegros se computarán en su totalidad, salvo que les resulte de aplicación alguno de los porcentajes de reducción a los que se refieren los apartados siguientes. Dichos porcentajes no resultarán de aplicación cuando la prestación se perciba en forma de renta.

2. a) El 40 por ciento de reducción, en el caso de rendimientos íntegros distintos de los previstos en el artículo 17.2 a) de esta Ley que tengan un período de generación superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o recurrente, así como aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.

El cómputo del período de generación, en el caso de que estos rendimientos se cobren de forma fraccionada, deberá tener en cuenta el número de años de fraccionamiento, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

La cuantía del rendimiento íntegro a que se refiere este apartado sobre la que se aplicará la citada reducción no podrá superar el importe de 300.000 euros anuales.

Saludos

#5

Re: ¿Tengo derecho a reducción del 40% por la cantidad percibida en 2013, por sentencia? - declaración de la renta

Muchísimas gracias.