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Generalitat Valenciana: Nuevo Decreto Ley para reducir el Déficit público y luchar contra el Fraude

4 respuestas
Generalitat Valenciana: Nuevo Decreto Ley para reducir el Déficit público y luchar contra el Fraude
Generalitat Valenciana: Nuevo Decreto Ley para reducir el Déficit público y luchar contra el Fraude
#1

Generalitat Valenciana: Nuevo Decreto Ley para reducir el Déficit público y luchar contra el Fraude

El pasado 2 de agosto de 2013, en pleno verano, el Consell de la Generalitat Valenciana aprobó un Decreto Ley con Medidas Urgentes para reducir el Déficit Público y Luchar contra el Fraude, el cual entrará en vigor desde la fecha de su publicación en el “Diari Oficial de la Comunitat Valenciana” Las novedades que se incluyen en este nuevo Decreto Ley hacen referencia a:

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
  • Beneficios fiscales:
  • Se reduce la bonificación en cuota establecida en el artículo 12 bis) a) de Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, para las adquisiciones mortis causa por parientes pertenecientes a los Grupos I (descendientes menores de 21 años) y II (descendientes, cónyuges, ascendientes o adoptantes de cualquier edad) que pasa a ser del 75% en lugar del 99 %. Así mismo, respecto de las donaciones efectuadas por padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante se reduce el límite máximo de 420.000 euros a 150.000 euros.
  • Reducciones por parentesco:
  • Se amplia la reducción en base imponible por adquisición de vivienda habitual establecida en el articulo 20 2 c) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de 122.606,47 euros a 150.000,00 euros (se establece reducción autonómica sustitutiva de la reducción estatal), sustituyéndose asimismo el plazo de mantenimiento de dicha vivienda por el heredero, que pasa de 10 años a 5 años. Se incrementan las reducciones establecidas en los artículos 10 (transmisiones mortis causa) y 10 bis (transmisiones inter vivos) efectuadas a favor de hijos o adoptados de 21 o más años de edad, padres o adoptantes del donante o nietos en caso de premoriencia de los padres de 40.000,00 euros a 100.000 euros. Así mismo, y respecto de las donaciones efectuadas a favor de descendientes menores de 21 años se incrementa dicha reducción hasta 156.000 euros (en función de la edad del descendiente).
    El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas:
  • Modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
  • Se incrementa del 8% al 10% el tipo general de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas, por la adquisición de inmuebles. No obstante, para determinados casos de vivienda habitual, actividad de Pymes o jóvenes emprendedores se mantiene el tipo del 8%. Se incrementa del 4% al 8% el tipo impositivo aplicable a la transmisión de vehículos usados de más de 2.000 cc o de más de 20.000 euros y a embarcaciones de más de 8 metros de eslora o más de 20.000 euros. La inversión en elementos patrimoniales afectos a actividades económicas deberá realizarse en el plazo comprendido entre el inicio del período impositivo en que se obtienen los beneficios objeto de inversión y los dos años posteriores, dotándose así mismo de una reserva por inversiones por importe igual a la base de deducción, que será indisponible en tanto los elementos objeto de inversión deban permanecer en la Sociedad (cinco años o durante su vida útil si ésta fuere inferior).
  • Modalidad Actos Jurídicos Documentados
  • Se incrementa del 1,2% al 1,5% el tipo general de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad Actos Jurídicos Documentados.
    Las Medidas Contra el Fraude Fiscal: En las herencias y las donaciones, las bonificaciones se aplicarán solo a la parte de la cuota tributaria que corresponda a los bienes declarados voluntariamente por los contribuyentes, ya que a los bienes que descubra la Administración en actuaciones de control tributario y lucha contra el fraude fiscal no se les aplicarán las bonificaciones, con el fin de fomentar el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes. Además, se establece una nueva obligación formal de información en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones sobre los cuentas bancarias, acciones y valores negociados en mercados organizados de los que fuera titular el causante en el período del año natural anterior a su fallecimiento.
    ¿Qué os parece este nuevo Decreto Ley? ¿Creéis que tendrá éxito?
    Saludos.
    #2

    Re: Generalitat Valenciana: Nuevo Decreto Ley para reducir el Déficit público y luchar contra el Fraude

    A grandes rasgos me parecen cosas razonables (siempre teniendo en cuenta que no es bueno subir los impuestos), y creo que otras Comunidades la seguirán, o deberían hacerlo al menos en relación a la reducción de la bonificación de parentesco y el aumento del tipo de TPO al 10%, para equipararlo al IVA

    Un saludo

    #3

    Re: Generalitat Valenciana: Nuevo Decreto Ley para reducir el Déficit público y luchar contra el Fraude

    Con esta medida lo que quiere la Generalitat es recaudar 140 millones de euros, pero uno de los efectos que puede tener este nuevo Decreto Ley es que muchas personas quieran cambiarse de domicilio fiscal y esta práctica no suele ser muy acertada.

    #4

    Re: Generalitat Valenciana: Nuevo Decreto Ley para reducir el Déficit público y luchar contra el Fraude

    En las herencias y las donaciones, las bonificaciones se aplicarán solo a la parte de la cuota tributaria que corresponda a los bienes declarados voluntariamente por los contribuyentes, ya que a los bienes que descubra la Administración en actuaciones de control tributario y lucha contra el fraude fiscal no se les aplicarán las bonificaciones, con el fin de fomentar el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes.

    ¿Esto se puede hacer de forma retroactiva? A mí me parece que si se aplica a a la gente que ha pasado de declarar porque sabia que no se pagaba nada me parece un escándalo.

    ¿Algún experto puede opinar sobre esto?

    #5

    Valencia o la antigua SIERRA MORENA?