Venta acciones con recompra 2 meses, e imputación a las ventas posteriores. - fiscalidad
Pregunta compleja. A ver si consigo explicarme. Imaginemos que el 1-1-2012 tengo 1000 acc Telefónica. El 15-5-12 compro 800 más. El 18-5 vendo 400 con pérdidas. El 29-5 compro 600. El 1-6 Vendo 500, también con pérdidas. Dejo trasncurrir 2 meses, y el 6-8-12 vendo 400 acc ( con pérdidas), y el 14-9 otras 400 (también con pérdidas.
En principio, no puedo imputar las pérdidas del 18-5 y del 1-6 por haber recompras antes y despues. -SÍ puedo computar como pérdidas las ventas de agosto y septiembre-.
La normativa dice que las pérdidas no computables por recompra dentro de los 2 meses, se integrarán a medida que se transmitan los valores que permanezcan en el patrimonio del contribuyente.
Y ahora planteo la cuestión: ¿Se refiere a los valores que permanezcan de los que he comprado en los 2 meses, o a todos los que tenga de esta empresa? Es decir, las operaciones afectadas por los 2 meses son compras que suman 1400 acc, y ventas sin imputar que suman 900 acc., quedando por tanto 500 acc. ptes. de vender. Si se refiere la norma a las recompradas en 2 meses, en cuanto haya vendido las 500 acciones que permanecen de estas compras -dejando transcurrir 2 meses-, (por ejemplo en la venta de Agosto y parte de Sep), ya puedo imputar las pérdidas que no había podido antes. Si la norma se refiere a las acciones totales que permanecen en mi patrimonio, debería esperar a vender TODAS mis acciones de telefónica para aplicar las pérdidas.
No sé si he conseguido explicarme bien.
Gracias de antemano.