MODIFICO la pregunta de la duda del pleno dominio mal planteada anteriormente.
Hola a todos y GRACIAS por vuestras respuestas.
Quisiera saber si se considera PLENO DOMINIO EL tener el 40% de una propiedad es una vivienda. Pues para poder deducir
por alquiler de vivienda habitual en la comunidad Valenciana, no se debe tener otra vivienda en pleno dominio a menos de 100 Km.
El restante 60% de la vivienda es de la exmujer divorciados legalmente,osea que ya no tiene nada que ver con migo.
No se si este 40% se considera pleno dominio´pues aunque si puedo entrar en la vivienda, pues tengo autorización a poder utilizar parte de ella. el ( derecho a una habitación y poco más).resto del inmueble 60% es de la exmujer al 100%. no hay usufruto. por eso no se si por poseer ese 40% anula la deducción por alquilerde vivienda habitual en la comunidad Valenciana.
Quisiera saber si en estas condiciones puedo deducir por alquiler de vivienda habitual en otro domicilio pues este anterior no es mi vivienda habitual.
Gracias.