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Doble imposicion internacional

2 respuestas
Doble imposicion internacional
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#1

Doble imposicion internacional

Hola. A ver si podeis ayudarme. En 2012, trabaje en dos países, España y Bélgica. Los ingresos obtenidos en Bélgica debo incluirlos en RTP? Y si es asi, debo desgravármelos después?, ya que ya he pagado impuestos por ellos. En que casillas? Muchas gracias,

#2

Re: Doble imposicion internacional

Bienvenido a Rankia,

Si ya tributaste por estas rentas en Bélgica, deberás rellanar la casilla 734 del programa PADRE 2012 "Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero".
La cumplimentación de esta casilla es un poco complicada, te remito a este hilo del foro donde se explica como hacerlo: Como calcular Casilla 734 (Por doble imposicion internacional)

Un saludo.

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: Doble imposicion internacional

Muchas gracias Amparo. Acabo de incluir estos rendimientos en la casilla 734. Y varia bastante el resultado.
Solo me queda una duda, como me los estoy deduciendo, debo incluirlos como rendimientos del trabajo anteriormente?
Respecto al enlace del foro que me envias sobre como tributar los rendimientos del capital obtenidos en el extranjero, es realmente complicada la forma en que lo calculan. Para la renta del 2013 seguramente tendre este tipo de rendimientos aunque en poca cantidad, o sea que me voy a plantear si merece la pena.
En cualquier caso, muchas gracias por tu ayuda. Ha sido muy útil.