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Acogimiento familiar y unidad familiar.

9 respuestas
Acogimiento familiar y unidad familiar.
Acogimiento familiar y unidad familiar.
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#1

Acogimiento familiar y unidad familiar.

Forman parte de la unidad familiar los menores en acogimiento familiar permanente.

#2

Re: Acogimiento familiar y unidad familiar.

No forman parte de la unidad familiar pero se asimilan a los descendientes, a efectos de aplicación del mínimo por este concepto.

Saludos.

#3

Re: Acogimiento familiar y unidad familiar.

Efectivamente, tienen la misma consideración fiscal que los hijos naturales.

En algunas Comunidades Autónomas existen deducciones especificas a estas situaciones

Saludos

#4

Re: Acogimiento familiar y unidad familiar.

Si es vuestro único descendiente tendréis que poner que no tenéis hijos que formen con vosotros la unidad familiar y luego rellenáis sus datos en descendientes, poniendo la clave 1 en otras situaciones.

En Madrid tenéis una deducción por acogimiento que podéis aplicar aún en el supuesto de ser un acogimiento preadoptivo siempre y cuando la adopción no coincida en el mismo ejercicio que el acogimiento. Esta deducción, de momento, no impide que en su día, si es el caso, os apliquéis la deducción por adopción.

Saludos.

#5

Re: Acogimiento familiar y unidad familiar.

Gracias por tu respuesta.

Creo que voy a plantear una consulta vinculante o un recurso porque no tiene sentido que yo como familia monoparental no pueda hacer declaración conjunta cuando he cobrado durante 3 años he cobrado los 100€ por maternidad, en este caso acogimiento, he estado 16 semanas baja por maternidad,tengo derecho a aplicarme el mínimo otros derechos sociales y fiscalmente estoy penalizada.

#6

Re: Acogimiento familiar y unidad familiar.

Legalmente no tienes un hijo, y esto según legislación civil, no según legislación fiscal ni legislación social ni mercantil. Otro tema es que por ese acogimiento te permitan ciertos "beneficios" igual que si hubieses tenido un hijo, que para ciertos temas te lo asimilen a un hijo, pero insisto, no es un hijo (legalmente) hasta que no lo tienes en el libro de familia.

Saludos.

Edito: Para que se entienda quizá sirva el símil... es como las parejas de hecho, para unas cosas es como si fueran matrimonio, pero legalmente les falta el papel que lo diga...

#7

Re: Acogimiento familiar y unidad familiar.

La consulta vinculante no te va a suponer ninguna solución. La norma tal y como te dice al.rodrigo es clara.
Para poder hacer la declaración conjunta debe ser hijo. Si se produce la adopción, y el adoptado es menor de edad o mayor de esta incapacitado judicialmente, podrás optar por la tributación conjunta y deberás incluir en la misma las rentas que el obtenga, siempre que no estén exentas.

Saludos.

#8

Re: Acogimiento familiar y unidad familiar.

Gracias por la respuesta. Los acogedor@s sabemos perfectamente la situación legal que tenemos y el rol que desempeñamos. Lo que no acabo de entender es porque fiscalmente no es asimilado a un hijo cuando en la vida diaria no percibo distinción entre mi hijo biológico y el acogido.