Desgravación al cambiar de vivienda habitual
Hola foreros, a ver si alguien puede ayudarme con las dudas que me han surgido.
Tengo una vivienda (titular al 100%), que ha sido mi vivienda habitual desde 2006, por la que anualmente me he desgravado en la declaración de la renta. El año pasado, en diciembre de 2012, adquirí otra vivienda al 50% junto con mi chica. Para ella es su primera vivienda por lo que entiendo que no tendrá problema en desgravar en base al 50% de lo que invirtimos en 2012 en la vivienda. En la compra pagamos en efectivo mas de 30.000 euros, aparte cuotas de hipoteca y gastos, por lo que podrá deducirse el máximo (los 9040 euros). Hasta aqui mas o menos claro.
La duda es en mi caso: la que fuera mi vivienda habitual ya no lo es (aunque sigue siendo de mi propiedad, no quiero venderla) y he leido que no puedo deducirme por la nueva vivienda hasta que haya superado lo deducido en la anterior vivienda. En números redondos, si he me deducido por la anterior vivienda habitual 9000 euros anuales durante 6 años, hace un total de 54.000 euros, por lo que debería esperar otros 6 años para poder deducirme por la vivienda habitual actual si sigo aportando esos 9000 euros anuales en el mejor de los casos.
a)- ¿Es correcto el planteamiento o se me está escapando algo?
b)- Si en la compra, en 2012, he invertido 30.000/2 = 15.000 euros. ¿Este valor es el que tengo que tener en cuenta para calcular los aportes a la nueva vivienda habitual o es el máximo de los 9.040 euros?
c)- En cualquier caso, en la declaración de la renta debo marcar la nueva vivienda como vivienda habitual pero no tengo claro cómo indicar las cantidades aportadas en la nueva vivienda para que se vayan teniendo en cuenta con vistas a que, dentro de los 6 años que he supuesto, alcance lo deducido en la anterior vivienda y pueda seguir deduciendo por la nueva vivienda. Si incluyo las cantidades aportadas en la nueva vivienda puede parecer que estoy intentando deducirme por algo que no me corresponde y me vengan con alguna inspección/multa, pero si no lo pongo ¿como justifico dentro de 6 años las cantidades aportadas?.
d)- ¿Hay algun margen para poder desgravarme (en la declaración a presentar ahora correspondiente al ejercicio 2012) por las cuotas de la hipoteca de la vivienda anterior y que mi nueva vivienda se considere la vivienda habitual a partir de 2013 (es decir para la declaración que presentaré el año que viene)?. Me empadroné en mi nueva vivienda el 31 de diciembre para evitar líos y ahora no tengo mas que dudas.
Saludos