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Pasar de vivienda en propiedad a alquiler - Dudas IRPF

2 respuestas
Pasar de vivienda en propiedad a alquiler - Dudas IRPF
Pasar de vivienda en propiedad a alquiler - Dudas IRPF
#1

Pasar de vivienda en propiedad a alquiler - Dudas IRPF

Buenas a todos,

Resulta que por motivos personales, el año pasado a mitad de año más o menos cambié de vivienda, y pasé de mi vivienda en propiedad a una vivienda en alquiler. En mi vivienda en propiedad deducía por vivienda habitual y he residido más de 3 años en ella, así que en ese caso no hay problema de tener que devolver deducciones practicadas. Además, esta vivienda en propiedad la puse en alquiler y estoy cobrando unas cuotas.

He estado leyendo por el foro y tengo entendido que ahora en la declaración de IRPF 2011, puedo deducir por vivienda habitual las cuotas hipotecarias hasta la fecha del cambio de domicilio, y a partir de ese momento deducir por alquiler de vivienda las cuotas que satisfago del alquiler de vivienda siempre que no sobrepase la base imponible de 24.000€ aprox. Además, debo declarar los beneficios de las cuotas que cobro de alquiler de mi vivienda en propiedad una vez aplicados los gastos deducibles (intereses, comunidad, IBI, basuras, etc.).

Me gustaría que me confirmaséis si esto es así o si hay alguna trampilla que deba de tener en cuenta. Y por otro lado, la principal duda que tengo es: si algún día decido volver a residir en mi vivienda en propiedad, ¿puedo seguir aplicándome la deducción por vivienda habitual como siempre? En caso afirmativo, ¿vuelve a ponerse a 0 el contador de 3 años de residencia, o por ejemplo podría residir 2 años y luego cambiar a alquiler sin problemas al ya haber residido 3 años ininterrumpidos en algún momento? Esta última pregunta la ha estado buscando pero no me ha quedado clara por ningún sitio.

Muchas gracias de antemano.

Un saludo.

#2

Re: Pasar de vivienda en propiedad a alquiler - Dudas IRPF

127620-OCUPACION VIVIENDA QUE ANTERIORMENTE FUE HABITUAL

Pregunta

Contribuyente adquiere en 1999 una vivienda en Madrid en la que reside hasta 2004, momento en que por motivos de trabajo se traslada a La Coruña. En 2007 vuelve a trasladarse a Madrid volviendo a ocupar su anterior vivienda habitual. Si decide vender dicha vivienda antes de que transcurran tres años desde que vuelve a residir en ella ¿Tiene la consideración de vivienda habitual?

Respuesta

Con carácter general, se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.

No obstante, toda edificación que haya adquirido la consideración de vivienda habitual como consecuencia de cumplir con los requisitos contenidos en la normativa, perderá tal condición desde el momento en que deje de constituir la residencia habitual del contribuyente.

Por tanto, desde el momento en que deje de ser su residencia habitual, perderá tal consideración, debiendo iniciarse de nuevo el cómputo de permanencia continuada de tres años como residencia para volver a ser considerada vivienda habitual.

Fuente: Página web Agencia Tributaria INFORMA.

Respecto a la fiscalidad de tu vivienda habitual que vas a alquilar:

https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1082856-inmuebles-alquiler-iii

Saludos.

#3

Re: Pasar de vivienda en propiedad a alquiler - Dudas IRPF

Muchas gracias por la clara respuesta!

Un saludo.