Si vendiste la antigua vivienda , invirtiendo la totalidad del NETO obtenido de dicha venta en la compra de la nueva , podrias deducirte por exceso de inversion de la nueva , desde el primer momento de la adquisicion.
Te pondre un ejemplo que es como mejor se entienden las explicaciones :
Primera vivienda , coste de adquisicion.( Incluido todos los gastos de adquisicion). 120.000 euros, se establecio una hipoteca de 90.000 euros.
Cuando se vende esta vivienda se vende por 180.000 euros y se tenia pendiente de amortizar de hipoteca 80.000 euros, que para ejecutar la venta se debe cancelar. En este ejemplo el NETO a reinvertir es de 100.000 euros ( 180.000 - 80.000).
La nueva vivienda se adquiere por valor de 220.000 euros (Gastos de adquisicion incluidos) y se destina la totalidad del NETO de 100.000 euros al pago de la adquisicion , quedando una hipoteca de 120.000 euros pendiente.
En el ejercicio en que vendiste la antigua vivienda y la compra de nueva , en tu IRPF tuviste que declarar lo siguiente :
Plusvalia de la venta de vivienda antigua-- 60.000 euros ( 180.000 - 120.000), esta plusvalia quedo exenta de tributacion ya que reinviertes el NETO de la venta de 100.000 euros en la nueva vivienda adquirida.
Por el exceso de inversion de 120.000 euros dejado en hipoteca , puedes desde el primer momento de las cuotas de amortizacion deducirte en el IRPF.
Espero que el ejemplo te haya quedado claro el proceso a seguir fiscalmente.
Saludos