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Exención reinversión vivienda habitual

10 respuestas
Exención reinversión vivienda habitual
Exención reinversión vivienda habitual
#1

Exención reinversión vivienda habitual

Buenas tardes.

Necesito ayuda urgente para la declaración de la renta. Resulta que compré una vivienda en el año 2003 y ésta ha sido mi vivienda habitual hasta que el pasado mes de noviembre la vendí. Mientras, a finales de 2017 adquirí una segunda vivienda pero con la idea de que ésta fuera mi vivienda habitual. Mi pregunta es: ¿puedo acogerme a la exención por reinversión en vivienda habitual, no? 

Por otro lado, vendí la vivienda por 100.000€ (gastos de venta incluidos) y la vivienda habitual que adquirí en 2017 me ha costado (con reforma incluida) 65.000€. Por lo tanto, es una reinversión parcial. Mi otra duda es: cuando incluyo el importe de la reinversión salen dos casillas más: importe comprometido a partir de 2018 (en este caso nada) y importe pendiente del préstamo principal del que se encuentre pendiente de amortizar en el momento de la transmisión. En este caso, no entiendo qué cantidad debo poner aquí, ya que la vivienda la entregué libre de cargas (amortizando la hipoteca). Por ejemplo, si debía 50.000€ no me deja ponerlo en la casilla porque 50.000+65.000 es superior al precio de venta de la primera vivienda. 

 

No sé si me ha explicado, un saludo y gracias de antemano.

#2

Re: Exención reinversión vivienda habitual

Cuanto amortizaste al vender la vivienda ? , la reinversión posible es la diferencia entre el Valor de Venta menos el importe amortizado, no se puede poner mas inversión porque es el neto que te ha quedado después de la venta.

Este Neto lo tienes que aplicar a la compra de la nueva vivienda, de forma efectiva , si tienes un préstamo para la compra de la nueva vivienda, tienes que cancelar dicho préstamo con el importe que indicas como reinversión.

Lo reinvertido ya esta realizado y por tanto la casilla de Importe comprometido no tiene que tener nada.

Saludos

#3

Re: Exención reinversión vivienda habitual

Ósea que quedaría de la siguiente manera:

Valor transmisión:100.000
Amortización total de hipoteca antigua: 50.000
Cantidad maxima a reinvertir en nieva vivienda habitual: 50.000

¿No es así? Esto es lo que pone en la agencia tributaria (que será lo que me estás comentando tú): Cuando para adquirir la vivienda habitual transmitida el contribuyente hubiera utilizado financiación ajena, se considerará como importe total obtenido en la transmisión, el valor de transmisión, en los términos previstos en la Ley del Impuesto, menos el principal del préstamo pendiente de amortizar.

Gracias, un saludo!

#4

Re: Exención reinversión vivienda habitual

Hola, expongo mi caso para ver si alguien me puede ayudar. Estoy pensando en comprarme una nueva vivienda  para que sea mi vivienda habitual y después vender la mía. El caso es que no voy a necesitar financiación ajena, ya que voy a recibir un dinero y no me hace falta pedir un préstamo hipotecario. Para acogerme a la exención creo que tengo dos años antes y después de su venta, pero no se si debes de tener contratado un préstamo hipotecario y luego amortizarlo con la venta del piso o ¿no hace falta este requisito ? 

Espero que mi explicación se haya entendido.

Gracias de antemano 

#5

Re: Exención reinversión vivienda habitual

Si vendes tu vivienda habitual para reinvertir el Neto obtenido de la venta en otra vivienda habitual, la posible plusvalía(Ganancia) generada en la venta, se encuentra exenta de tributación, en la medida que todo el Neto obtenido sea reinvertido de forma efectiva en la nueva vivienda habitual.( Si solo destinas un porcentaje de este Neto la exención será también proporcional).

Si compras primero la nueva vivienda habitual, antes de vender la actual vivienda habitual, tienes 2 años desde la fecha de adquisición hasta la fecha de venta, para poder acogerte a esta exención. Pero la otra condición es que el Neto de la venta sea reinvertido de forma efectiva en la vivienda adquirida, para que esto sea así y admitido por la Administración, es que amortices en ese momento parte o la totalidad de la hipoteca, y que sea por el importe Neto de la venta.

Por tanto aunque no necesites de la financiación en la adquisición de la nueva vivienda habitual, es necesario que lo financies por un importe aproximado a lo que esperas obtener de la venta, para destinar este Neto de la venta a la amortización.

Si no lo haces de esta forma, la Administración considera que no cumples con la condición de aplicar el Neto de la venta a la adquisición de la nueva vivienda.

Saludos

#6

Re: Exención reinversión vivienda habitual

Creo que sí puedes. Mira la consulta  135708 del Informa (no veo forma de poner el enlace).

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Exención reinversión vivienda habitual

Gracias Juan Lackland , desconocía de esta pregunta de Informa, donde si parece que es admitido que la financiación de la nueva vivienda no sea con endeudamiento y es valido el patrimonio existente.

Seria bueno saber de alguna consulta vinculante que confirme esta Informa.

Saludos

#8

Re: Exención reinversión vivienda habitual

Me suena que es consecuencia de alguna sentencia. Pero lo tengo en "nebulosa" y no sabría cómo buscarla. Quizás sea la del TEAC a que se refiere la propia consulta 135708.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Exención reinversión vivienda habitual

Gracias, a los dos por vuestra respuesta, pero donde tengo que mirar eso exactamente?, perdón por mi ignorancia pero que es el informa?

#10

Re: Exención reinversión vivienda habitual

El Informa es una base de datos de Hacienda donde se responden consultas fiscales según el criterio de Hacienda. Sirve para evitar futuros sustos. Puedes ver aquí la que he citado, buscando la 135708:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRIINF

 

 

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Exención reinversión vivienda habitual

Muchísimas gracias , ya lo encontré.