Re: Plusvalia por donación en la renta? - Plusvalía municipal
Supongo que tú eres el que has transmitido el inmueble por donación. En tal caso, es que ni siquiera eres el sujeto pasivo del impuesto, ya que le corresponde al que adquiere.
Si tú eres el que has adquirido el inmueble por donación, el importe de IIVTNU pasa a formar parte de tu "valor de adquisición", a tener en cuenta de cara a una posible amortización por tenerlo alquilado, o una futura venta.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
Re: Plusvalia por donación en la renta? - Plusvalía municipal
Re: Plusvalia por donación en la renta? - Plusvalía municipal
¿A santo de que? Adquirir inmuebles, sean de pago o de regalo, no constituye ningún supuesto actual de deducción o bonificación fiscal. Por tanto, tampoco ninguno de los impuestos, tasas, precios públicos o aranceles que gravitan en torno a esa adquisición.
El hecho fiscal de "adquirir" no te supone absolutamente ninguna bonificación o deducción.
Lo que luego hagas con ese inmueble, sí puede tener efectos en los pagos realizados.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!