Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

49 respuestas
Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
4 suscriptores
Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
Página
2 / 4
#16

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Este es mi caso, Lastronio, te agradecería me aclararas algo, ando perdida.

 

Buenas noches!

Soy nueva por aquí y no sé dónde consultar ésto ya que estoy un poco desconcertada con este asunto.

El septiembre del año pasado solicité el subsidio de mayores de 55 años (actualmente 52) que me concedieron y actualmente lo sigo cobrando.

Mi madre falleció el pasado 24 de Marzo y tengo entendido que tengo que notificar al Sepe cualquier cambio de rentas que se pueda dar mientras se esté cobrando dicho subsidio. Actualmente me encuentro junto con mis tres hermanos, tramitando la documentación para pagar impuesto de sucesiones... etc. (me han dicho que cuento con un plazo de seis meses desde su fallecimiento).

Mi padre falleció hace quince años y por ignorancia entonces, no hicimos la tramitación de dichos documentos a su debido tiempo, (culpa nuestra). Me dicen que ésto ya ha precrito en cuanto al impuesto de sucesiones pero habrá que tramitar lo que haga falta ahora para poder acceder a las dos partes ( mis padres dejaron testamentos nombrando el uno al otro usfructuario y a los cuatro hijos la legítima. Espero que me entiendan, no estoy muy puesta en ésto.

He leído en alguno de vuestros hilos y he sabido que hay tres formas de recibir una herencia, en pleno dominio, en nuda herencia y como usufructuario.

Mi pregunta es, en qué momento tengo que notificarlo al Sepe, qué fecha es la que toman en cuenta, qué tienen en cuenta a la hora de seguir concediéndotela o quitártela aparte de las rentas, que por ese particular no tengo y no sería problema el que me pasara de la cantida que estipulan. He llamado al Sepe y me dicen que cuando firme la declaración de herederos que lo notifique... pero si tengo testamento, no hay que hacer declaración de herederos, no?. Donde tengo la gran incertidumbre, soy consciente de éllo, es en que si yo tenía que haberlo comunicado al hacer la solicitud del subsidio que mi padre había fallecido, porque según he indagado, era nuda heredera en aquel momento... ??

Agradezco de antemano vuestro interés y espero vuestra contestación.

 

#17

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Declaraciond de  herederos y aceptacion de herencia no es lo mismo si bien se puede hacer en el mismo documento

#18

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

No hizo testamento su madre?

#19

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Ambos hicieron testamento, de ganaciales el uno deja como usufructuario al otro y a los cuatro hijos la legítima, es así?

#20

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Lo que le voy a comentar no es la biblia, se lo digo de antemano por que los caminos del SEPE son imposible de preveer, por lo pronto no entiendo por que le piden la declaracion de herederos ya que es un documento que no tiene nada que ver con lo que usted va o no va a recibir.

En cuanto al fallecimiento de su padre hace quince años, vuelvo a lo que le comentaba anteriormente en todo caso usted puede alegar que no disponia del bien ya que su madre tenia el usufructo de los bienes (ya que a usted lo unico que le podrian exigir segun lo que comenta son las rentas presuntas o reales de los bienes y eso es hasta el fallecimiento de su madre)

Estan ustedes realizando documentacion, me imagino que uno de los documentos que van a preparar es la aceptacion y "adjudicacion de herencia" ¿en que fase o cuanto tiempo les queda para ese documento que es el que si deberia interesarle al SEPE

#21

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

SI HAY TESTAMENTO Entonces no hay declaracion de herederos ya que la declaracion de herederos es lo que sustituye al testamento

#22

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Y según tengo entendido , si tienes testamento no tienes que hacer declaración de herederos. (Para éso se tramita el certficado de últimas voluntades, que se está ahora tramitando, no hace ni un mes que falleció mi madre). No entiendo cómo el Sepe me dice de comunicar al momento de hacer la Declaración de herederos.

#23

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Y usted mismo lo dice, mejor dicho lo dice el testamento,. UNO SE LO DEJA AL OTRO (EL USUFRUCTO) por tanto  si su padre le dejo el usufructo  a su madre usted como iva a tener las rentas de esos bienes?

#24

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Pues por lo que le decia, por que sus caminos no hay quien los entienda. Mejor dicho los funcionarios no tienen ni p.... idea.

#25

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Lo que se está tramitando es el certificado de últimas voluntades que es ahí donde se certifica que ambos dejaron testamento, con qué notario y si hubo algún cambio a última hora, cóm puede bien suceder), Y se lo dije al Sepe que si había testamento que es lo que estoy esperando que me digan con el certificado de últimas voluntades, no había que hacer declaración de herederos... que no estaban dando una información correcta... entonces me dijeron que lo que tuviese que firmar que lo presentase... les pregunto que si tengo un plazo y me dicen que cuando lo firme... ??????? Tal cuál!

#26

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Mire es muy complicado, por el riesgo que tiene, aconsejarle pues por mucha voluntad que se ponga uno puede meter la pata, o mejor dicho, segun con quien de en la oficina asi pueden ir las cosas.

En esto lo prudente es la buena fe. Y sobre todo quedar prueba de que usted en todo momento actua de esa forma. Yo tomaria los documentos que tiene los testamentos, seguro que han pedido tambien el certificado de ultimas voluntades que valida ese testamento y me iria con ellos al funcionario y le esplicaria en que fase esta en esa herencia. Si no esta muy seguro puede irse a la notaria donde esten arreglando el testamento y comentarlo con el notario seguro que el le va a indicar su situacion actual para que pueda comentarlo en la oficina del SEPE. EN  MI HUMILDE OPINION  el momento de comunicarlo al SEPE es cuando se produzca la adjudicacion del bien y como hay al parecer bienes inmuebles esto requiere que sea en escritura publica. PERO REITERO ES MI OPINION YO NO TOMO DECISIONES EN EL SEPE.

#27

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Exacto por éso ando de esta forma, "más que perdida" y preguntando agobiada... porque quiero hacerlo bien y nadie me indica cómo hacerlo... y es algo que me costó mucho conseguir porque me cogió cuando el PP agregó requisitos que había que crear situación de desempleo y para acceder al subsidio además de los veintemil requisitos que se pedían tenías que trabajar mínimo tres meses... Éso ahora con el nuevo gobierno lo han vuelto a cambiar a cómo estaba antes... ahora accedes cuando cumples la edad y ya está...

Si me lo deniegan por todo este tema de herencia voy a tener que devolver el dinero cobrado que llevaré unos seis mese y pierdo cotizar a la seguridad social para la jubilación... un tema!

#28

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Es lo que le digo...no tienen ni idea.

La declaracion de herederos abintestato (que es como se llama) es un documento que reconoce que el causante no hizo testamento en vida y en el que se recoge en ausencia de dicho testamento quienes son los legitimos herederos (por tanto que no sigan pidiendo algo que, por haber documento superior no se precisa)

La normativa del sepe establece que usted no puede tener un determinado nivel de rentas. Para que un bien le pueda repercutir a usted como renta real o presunta, se requiere que usted tenga el pleno dominio del mismo o el usufructo y como es logico este se produce desde el momento que usted de forma legal tenga dichos derechos, no antes.

En la logica, usted no puede ni disponer ni acreditar una determinada propiedad o derecho hasta que no lo obstente, ya que aun siendo heredero no tiene usted asumida la posesion ni el derecho ya que ni se a adjudicado el bien, ni se ha recibido ni se ha aceptado (segun comenta). 

Cuando toma usted posesion.... Cuando firme, como dice el fincionario, pero cuando firme la particion y adjudicacion de la herencia. En mi opinion, repito en mi opinion ese es el momento de comunicar. REitero tanto lo de mi opinion por que lo que no quiero en ningun momento es tomar la responsabilidad moral ante una opinion contradictoria del SEPE

#29

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Una ultima matizacion que te puede ser util:

Aunque se pueden hacer con documentos separados. La aceptacion y la adjudicacion de la herencia en el 98% de los casos se hace por ahorro de tiempo y dinero en el mismo documento. Por lo tanto si sois uno de ese 98% no tendras hecho ni una ni la otra, mas motivo que justifiquen que hasta ese momento no te deberian exigir que comuniques nada. De ahí la conveniencia de que vallas a hablar con el notario para que te diga esactamente en que fase estais y le comentes lo particular tuyo con respecto al SEPE.

#30

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

El primer estadío, acabo de recibir el certificado de defunción y ahora tramitan el de últimas voluntades. La ley según tengo entendido, te de un plazo de seis meses para presentar y liquidar el impuesto de sucesiones.