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Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

16 respuestas
Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins
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Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins
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#1

Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Hola,

Tengo una cuenta de ahorro en Alemania que he abierto en el 2015 y que supera los 50.000 euros por lo que estoy obligado a rellenar el modelo 720 entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2016.

También, he realizado un gran volumen de transferencias bancarias desde España a una casa de cambio en el extranjero que permite la compra de Bitcoins con euros. El saldo final en en esa casa de cambio a mi nombre a 31 de diciembre del año 2015 será cero. ¿Tengo que declarar en el modelo 720 el volumen de euros (es un volumen elevado) enviado a esa casa de cambio durante 2015 aunque el saldo a mi nombre a final de año sea cero?

#2

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Yo entiendo que tienes que declarar los saldos a 31 de diciembre y los saldos medios del último trimestre.

Un saludo.

#3

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Gracias por tu respuesta, batiscafo.

Acabo de llegar de la sucursal de la Agencia Tributaria de mi zona. Tras estar tratando el tema durante una hora, me han comentado que creen que no debe añadirse al modelo 720.

Al parecer, tener dinero en una casa de cambio de Bitcoins no es un depósito (no tengo número de cuenta bancaria, solo un número en su aplicación web) por lo que parece que no es posible añadirlo en el estricto formato del Modelo 720.

De todas formas, me han pedido mi número de móvil para confirmármelo en cuanto lo sepan con certeza.

#4

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

A mi me parece que como se trata de un derecho de contenido económico, de alguna manera hay que informar.

En el caso, lo que mejor se podría adecuar es clave "V", subclave "3".

Si no hay nada que ocultar, lo mejor es informar, aunque sea con algún posible error formal, ya que la ocultación u omisión, si posteriormente se descubre, peude salir MUY cara.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

A modo de documentación, por si a alguien le interesa.

Me han llamado de la oficina de Hacienda de mi zona y me han comentado que como el saldo en euros no forma parte de una cuenta bancaria, lo mejor sería registrar como corresponde en el modelo 720 el saldo de la cuenta bancaria de Alemania, y después crear una nota informativa que debería entregar en el registro de Hacienda de mi zona. En esa nota informativa indicaría el día que estuve en la oficina solicitando información sobre esta consulta, notificar que se me llamó por teléfono proponiéndome esta solución, y finalmente informar del saldo en euros en la aplicación web de la casa de cambio de Bitcoins, al igual que lo habría hecho en el modelo 720 si se hubiera tratado de una cuenta bancaria.

#6

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Hola Taxtax, acabo de encontrar esta pregunta tuya, y quería rogarte, pues me encuentro en situación similar a la tuya, tu consejo: Tengo activos y acciones que junto a alguna inversión en bitcoin, me obliga a declarar el 720 por primera vez.

Desde que hiciste la presentación del 720, hacienda te informó o te obligó a rectificar algo?

Serías tan amable de indicarme, cómo declaraste los bitcoins, con qué clave? Estoy mirando por internet y nadie tiene claro como debe declararse el 720. A mi me afecta poco (no es mucho dinero) pero quiero hacerlo completamente limpio y asegurarme que lo tengo todo correcto.

Muchísimas gracias por adelantado por tu ayuda y tiempo. Un afectuoso saludo

Jose

#7

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Hola.

Aunque el Hilo tan sólo se refiera al modelo 720 me gustaría matizar que también es obligatorio presentar el modelo D6 .

Es para posiciones abiertas en el extranjero hasta 31 Dic 2017 se presenta en el ministerio de economía hasta en 31 enero 2018

al margen de la cantidad mínima de dinero.

Un saludo

#8

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Muchas gracis Evangelista por este aviso. Este tema lo han comentado antes, y había leído lo siguiente, a ver si tu lo entienes como yo:

D6: Corresponde utilizar este modelo D-6 para efectuar las declaraciones al Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el exterior en empresas que cotizan en Bolsa de Valores o Mercado Organizado, cuando los valores se depositen en una entidad domiciliada en el extranjero o permanezcan bajo custodia del titular de la inversión.

En este caso, Bitcoin no es una empresa (podríamos pensar que es como si fuera oro o divisas..) por ellola gente no está presentando el D6, y solo el 720.

¿Estarías de acuerdo con este análisis?

Gracias por adelantado por ayudar en este foro

Un afectuoso saludo

#9

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Hola

A parte de no ser un profesional ni  tecnico en este tema  habran en este foro quienes nos asesoren mejor a ambos.

Puede que tengas razón un familiar invierte en Bitcoins en eToro con sede en el extranjero y tan sólo paga impuestos por incremento de patrimonio, se lo realiza un gestor y no presenta ningún modelo y no sé si es correcto o no.

Y a partir de hoy el mercado de futuros de Chicago estrena contratos de Bitcoins, a ver que consecuencias trae esto en la tributación .

Un cordial saludo

 

#10

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Recientemente he ido a la oficina de la agencia tributaria de mi lugar de residencia. La cuestión no es si declarar los bitcoins en el modelo 720 (tengo una consulta con la dirección general de tributos que aún no han contestado), sino cómo declarar los "depósitos" en euros en el exchange cuando superan un determinado montante a 31 de diciembre.

La solución que he adoptado tras la última charla en la agencia tributaria, y que me gusta y me parece correcta es la siguiente: primero, registro los depósitos en euros en el exchange como un valor (tipo V, subtipo 3). Después, mando una nota en el registro diciendo que no se trata de un valor al uso (el tipo 3, subtipo 3, habla de trusts y otras complejidades que no aplican aquí) sino de euros en un exchange.

Por cierto, también he aprendido que el registro se puede hacer telemáticamente, y de hecho es mejor, porque así tienes inmediatamente tu prueba de entrega (algo que no ocurre cuando es presencial). 

#11

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Hola TaxTax. Gracias por tu respuesta.

En mi caso, no supero los 50000€, por lo que el modelo 720 no aplica. Eso sí, he hecho unas compras en coinbase, pero sólo he vendido una vez, a un precio inferior, y ha sido una pequeña parte de las monedas. Te quería preguntar lo siguiente:

-El hecho de pasar dinero de mi cuenta bancaria al exchange (coinbase), supone alguna obligación en la declaración de la renta?

-Entiendo que por esa venta, al generar una minusvalía, tengo que incluirla.

-El resto de las monedas que tengo, las transferí a otro exchange para diversificar (binance), pero no tengo nada de fiat ahora, en ninguno de los dos exchanges. Hasta que no pase a fiat no tengo que declarar nada, no?

-Tengo que presentar el modelo D6? Las cryptomonedas no son acciones, empresas ni nada, lo que me temo es que el hecho de poner el fiat en coinbase me suponga una obligación de presentar ese modelo... Y estamos a Mayo, por lo que implicaría una sanción a mi contra (honestamente, esa multa sería casi la mitad de la inversión, unos 300€, poca broma...)

 

Espero que puedas aclararme estas pequeñas dudas. Muchas gracias.
Un saludo.

#12

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Prefiero no recomendar nada porque no me dedico profesionalmente ni a las leyes ni a temas tributarios. Solo te diría que creo que todo lo que tengas en un exchange extranjero, ya sea fiat, bitcoins o cualquier otra cosa, aplica para declararlo en el modelo 720 cuando superas un determinado umbral. Por cierto, ya se está fuera de plazo para la entrega del modelo 720 en el año 2018 pero tengo entendido que aunque lo entregues fuera de plazo, si no has recibido notificación, no hay multa (¡pero no estoy seguro! ¡infórmate!)

Creo que lo mejor es que antes de que llegue el 31 de diciembre, dejes el exchange completamente vacío (bien porque envías los euros a tu banco español o porque envías los bitcoins a una dirección Bitcoin de tu propiedad en la cadena de bloques). En mi caso, lancé la orden al exchange para que me enviara los euros a mi banco español 10 días antes del 31 de diciembre pero, parece que por sobrecarga en el exchange, no tramitaron la orden hasta enero y por eso me ha tocado declararlo en el modelo 720 a principios de 2018, y así que tendré que quitar el movimiento en el modelo 720 de nuevo a principios de 2019.

#13

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Gracias por tu respuesta.

He hablado con el ministerio de economía hace unos días y te comparto la información que me han facilitado:

-El 720 no tengo que rellenarlo porque no supero los 50.000€ (y aun superando esa cifra, si se compran criptomonedas es como si ya dejarías de tener fiat fuera de España)

-El D6 sí tengo que rellenarlo, pero por unas acciones de degiro

-Para el ministerio de economía, las criptomonedas aun NO ESTÁN REGULADAS (frase tal cual que me dijeron por teléfono). Eso quiere decir que si tienes 1 BTC o 50 BTC (o cualquier moneda) no consta como dinero fuera de España. Por más que tenga un valor monetario equivalente en euros.

-En todo caso, si en algún momento se genera plus o minusvalía por el cambio de esas monedas a fiat, eso sí que se debe informar a hacienda, ya que está sujeto a retenciones (que ningún exchange, por ahora, informará a hacienda).

 

En resumen:

-Mantener criptomonedas, hacer trading entre ellas y no pasar a fiat nunca en el transcurso del año, implica que no hay que hacer el 720 ni el D6. En el momento de cerrar todas las operaciones y pasar finalmente a fiat, se informa a hacienda de los cambios de patrimonio, y si el dinero vuelve a España antes de diciembre, tampoco hace falta 720 ni D6.

-Si se compran criptomonedas a principios o mediados de año y se venden antes de diciembre, y se pasan a banco español, tampoco (símil al punto 1). Sólo se declararía en hacienda los cambios de patrimonio.

-Si se compran criptomonedas y hay dinero en la "wallet en euros" del exchange a 31 de diciembre, entiendo que sí se tiene que rellenar D6 y 720 (si aplica), porque eso ya es fiat en una empresa extranjera.

 

Un saludo.

#14

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Hola Taxtax:

Quería preguntarte si te han contestado ya algo sobre esa consulta que mencionas sobre necesidad de presentar 720 por tenencia de bitcoins.

Saludos y gracias

 

#15

Re: Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins

Hola Pedrotis,

Todavía no me han contestado desde la dirección general de tributos sobre si aplica el modelo 720 para la tenencia de bitcoins. Es importante tener en cuenta que me refiero a cuando tienes los bitcoins en tu propia dirección, protegida por su clave privada correspondiente. Doy por supuesto que todo lo que tengas en un exchange extranjero a fecha 31 de diciembre, cuando supere el límite, sí debe ser declarado en el modelo 720.

Puedes comprobar tú mismo las consultas vinculantes relacionadas que han sido contestadas por la dirección general de tributos:
https://petete.minhafp.gob.es/consultas/