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Embargo Salarial

2 respuestas
Embargo Salarial
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#1

Embargo Salarial

Buenas tardes.

Mi empresa debe embargarme parte de la nómina por tener una deuda con la administración pública, y me gustaría saber cómo se deben calcular los tramos de un embargo salarial cuando, como es mi caso, se tienen las pagas extras prorrateadas mensualmente en nómina y un sueldo neto superior al salario mínimo interprofesional. Entiendo que el salario inembargable en un trabajador con las pagas prorrateadas es de 764,40 € (Salario Mínimo Interprofesional por 12 pagas) en lugar de 655,20 € (salario mínimo por 14 pagas), quedando los tramos de la siguiente manera:

  • De 0 € a 764,40 €: Salario Inembargable
  • De 764,40 € a 1.528,8 €: se retendrá un 30%
  • De 1.538,8 € a 2.293,2 €: se retendrá un 50%

Aunque creo que la interpretación de la normativa ha de ser esa, me surge la duda ya que otros compañeros no lo calculan de esta manera. Calculan en un primer momento como salario inembargable los 764,40 € pero el resto de tramos del 30%, 50%, etc. los calculan sobre 655,20 € independientemente de que el trabajador tenga ó no las pagas extras incluidas en la nómina mensual. 

  • De 0 € a 764,40 €: Salario Inembargable
  • De 764,40 € a 1.310,40 €: se retendrá un 30%
  • De 1.310,40 € a 1.965,60 €: se retendrá un 50%

Debido a la duda, os solicito opinión sobre cuál será el cálculo correcto que deberá realizar mi empresa a la hora de practicarme el embargo salarial al tener las pagas extras prorrateadas mensualmente.

Gracias.

#2

Re: Embargo Salarial

Ten presente que el SMI es 707,70 €. El cálculo correcto es el primero.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Embargo Salarial

Gracias por la aclaración. Saludos.