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Exención Reinversión Vivienda Habitual 2017

3 respuestas
Exención Reinversión Vivienda Habitual 2017
Exención Reinversión Vivienda Habitual 2017
#1

Exención Reinversión Vivienda Habitual 2017

Buenas tardes,

Mi duda es la siguiente, entiendo que debería ser así pero me gustaría recibir las indicaciones y confirmaciones de alguien con conocimiento en el tema: durante estos años anteriores me he beneficiado de la deducción por vivienda habitual porque compré en el año 2006, ahora en 2017 voy a proceder a la venta de esta vivienda y a reinvertir el beneficio en otra, mi pregunta es, con la nueva normativa en la que a partir del 2013 ya no están vigentes dichas deducciones, me puedo seguir beneficiando de la exención por reinversión y seguir teniendo derecho a deducirme la parte que se amortize del préstamo vigente para este año 2017??

Entiendo que es así, pero me gustaría la opinión de un experto o conocimiento en ello antes de proceder según cómo...

muchas gracias a todos por la ayuda

saludos,

#2

Re: Exención Reinversión Vivienda Habitual 2017

A pesar de que no soy experto, te puedes deducir por la vivienda que vas a vender y por las cuotas que pagues hasta la fecha de que sea tu vivienda habitual.

Por tanto, si quieres apurar al máximo la deducción con alguna amortización extraordinaria de la hipoteca, hazlo con una fecha anterior a la venta de la vivienda y mientras todavía residas en ella.

Un saludo.

#3

Re: Exención Reinversión Vivienda Habitual 2017

Muchas gracias por la respuesta, sí yo también creía tenerlo claro así, la amortización extraordinaria a la que me refería es la cancelación total de la hipoteca existente, ya que si la vas a vender debe estar libre de cargas y cancelarla.

Mi otra duda, era la parte de la reinversión por vivienda habitual aunque ya no sea posible la deducción, pero entiendo que al menos eso sí te dejarían realizarla aunque no tengas derecho a nuevas deducciones....

Muchas gracias

 

#4

Re: Exención Reinversión Vivienda Habitual 2017

Si el importe que obtienes por la venta de tu antigua vivienda habitual la destinas a la compra de otra, si obtienes una ganancia patrimonial en la venta, estará exenta.

Y efectivamente, en la compra de la nueva ya no te puedes aplicar deducciones.

Un saludo.