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Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias

7 respuestas
Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias
Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias
#1

Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias

Pues eso, que ha salido la sentencia por fin.

Ya no pueden cobrar Plusvalias los ayuntamientos si no ha habido ganancia patrimonial, como ha estado ocurriendo en los ultimos años, que se vendía con perdidas el piso y se pagaba igualmente. Ya pueden empezar a reclamar los pagos indebidos los contribuyentes.

Mas info

http://www.abc.es/economia/abci-constitucional-anula-impuesto-municipal-sobre-plusvalias-201702171153_noticia.html

http://www.expansion.com/economia/2017/02/17/58a6d50146163f2c748b45e0.html

http://cincodias.com/cincodias/2017/02/17/economia/1487318685_019058.html

Salud.

#2

Re: Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias

Solo un comentario aclaratorio de un primer vistazo a la sentencia: El Tribunal declara parcialmente inconstitucionales y nulos los preceptos cuestionados; esto es, “únicamente cuando sometan a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica, impidiendo a los contribuyentes acreditar que no se produjo efectivamente un incremento de valor”.
Saludos.
Jaime.

#3

Re: Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias

Así es Jaime se trata de una modificación parcial pero que tumba varios años de injusticia. A partir de ahora solo podrán cobrarlo en caso de ganacia patrimonial cierta

"en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial", como sucede cuando la venta del inmueble se produce sin obtener ninguna ganancia o incluso con pérdidas.... "no podrá crear impuestos que afecten a aquellos supuestos en los que la capacidad económica gravada por el tributo sea, no ya potencial, sino inexistente, virtual o ficticia".

Has encontrado la sentencia original? porque yo solo encuentro referencias periodísticas que no siempre son técnicas.

Salud.

#4

Re: Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias

La sentencia puedes encontrarla en la web del Tribunal Constitucional.
Saludos.
Jaime.

#5

Re: Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias

Gracias Jaime,

Aquí está, por si a alguien le interesa tener el texto completo

https://www.tribunalconstitucional.es/NotasDePrensaDocumentos/NP_2017_010/2015-01012STC.pdf

Por lo que leo en los foros juridicos ya se está plantenando usar los principios de la sentencia para los casos de ITP. Normal. Si nadie está por encima de la ley, tampoco Hacienda puede estarlo.

Salud

#6

Re: Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias

Si tengo el usufructo de una vivienda por herencia y no hago uso ni alquilo la vivienda porque no me hace falta, ¿estoy obligada a pagar la plusvalía al propietario que si está viviendo en ella?
Es propietario también por herencia. Mi tia al fallecer dejó como heredero universal a un hijo de una prima mia y mi prima y yo tenemos el usufructo de esa vivienda. ¿Puede el hijo de mi prima vivir el tiempo que quiera o puedo negarme a que haga uso del mismo?. Tengo que decir que es menor de edad y sus padres no viven juntos.Tiene 16 años

#7

Re: Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias

Hace ya algunos años que mis padres y maestros me enseñaron la tabla de multiplicar: cualquier número multiplicado por cero es cero.

Así que si alguien ha obtenido una plusvalía de cero multiplicada por cualquier porcentaje resulta siempre cero euros a pagar.

Otra injusticia gorda era ,y me temo que puede seguir siendo , que mientras a unos de los que obtienen plusvalias se les exige pagar a otros que tambien las obtienen no se les exige.

Quiero mencionar aquí que ciertos suelos urbanos tienen por ley que  ser valorados a precio de rústico. Así pagarán  menos ibi.Ver sentencia de 30 mayo 2014 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. Esta menor valoración puede influir en los impuestos de sucesiones, transmisiones patrimoniales, irpf, sucesiones y donaciones.

La ley del suelo dice que el suelo español puede ser urbano urbanizable o rústico.

Pero catastro dice que urbano o rústico,  valorando el suelo urbanizable a precio de urbano, cosa que es abusiva y se salta la ley del suelo por la cara.

No basta con diseñar una pagina web para darse autobombo. Catastro tiene que ponerse las pilas...y controlar a sus empleados que estos días apresaron a uno de ellos en la delegación  en Las Palmas.

Hace un año ya habían  apresado a otros en la misma oficina.

#8

Re: Tribunal Constitucional anula impuesto de Plusvalias

Buenas  noches:

Lo de los 20 años tambien es una cuestión de capacidad potencial y no real. A los 20 años ese potencial se va por el desagüe. 

La transmisión no es suficiente y tiene que por lo menos haber capacidad potencial, que no se da despues de 20 años. 

Esto es más importante que la ventas a pérdidas que es de cajón.

Los ven incremento después de 20 años lo suponen, pero no lo materializan, ya que no salta a la vista.

STC 26/2017 y 37/2017

Saludos.