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Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

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Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva
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Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva
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#1

Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Buenos días. Expongo mi caso: El pasado mes de octubre ha fallecido mi tía dejando testamento y dejando como herederas a sus dos hermananas (una de ellas es mi madre). Me han acosejado que solicite el reconocimiento de minusvalía de mi madre ya que tiene un beneficio en el Impuesto de sucesiones importante. Y mi duda es si merece la pena hacerle pasar a mi madre dicho reconocimiento ya que tiene 80 años y luego es posible que no reconozcan dicho beneficio dado que tanto la solicitud como la resolución es posterior al fallecimiento de mi tia. Según me indican, hay jurisprudencia al respecto si se puede probar que la minusvalía es anterior al fallecimiento, y en el caso de mi madre es así. Mi madre ha padecido un cancer bilateral de mama y el pasado mes de mayo le han diagnosticado una Miocardiopatía Dilatada con un FEVI del 25% y le han implantado un DAI. Con estas dolencias es seguro que le concedan un grado de minusvalía superor al 33%, pero la única prueba que tengo para demostrar que es anterior al fallecimiento de mi tía es el informe médico de mayo de este año. Podría conseguir la reducción del impuesto de sucesiones con estos datos?? La reducción supondría unos 15.000€ de diferencia en el impuesto. Con la jurisprudencia que hay al respecto, tendría que meterme en juicios o presentando los casos sería suficiente?? Muchas gracias de antemano.

#2

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Existen sentencias judiciales y consultas vinculantes de Hacienda en el sentido que citas, siempre que existan informes médicos que atestigüen la existencia de la discapacidad antes de la fecha de fallecimiento del familiar, aunque con quien tienes que "pegarte" es con la Comunidad Autónoma. Lo que sí entiendo es que tienes que pedir la declaración de grado de minusvalía CUANTO ANTES.
http://www.asesoriayempresas.es/jurisprudencia/JURIDICO/105029/sentencia-tsj-aragon-274-2011-de-18-de-mayo-isd-reconocimiento-legal-de-la-minusvalia-benefic
en la base de datos de Hacienda puedes consultar
http://petete.minhap.gob.es/consultas/
V1654-08
"Adquisición "mortis causa" por persona que padece enfermedad de Alzheimer. La solicitud de minusvalía, a efectos de reconocimiento de reducción autonómica, se presenta nueve días después del fallecimiento del causante, obteniéndose el reconocimiento de una minusvalía del 86% transcurridos varios meses desde la solicitud. "
....
"tal y como también advierte el T.E.A.C, cabe admitir otros medios de acreditación de la preexistencia de los supuestos de hecho a la fecha del fallecimiento del causante –como podrían ser los informes médicos que se acompañan al escrito-, cuestión fáctica que debe ser objeto de valoración por parte de la Administración autonómica a los efectos pretendidos."

V1143-14
Acreditación de minusvalía posterior al devengo del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Si puede aplicarse la reducción en el impuesto sucesorio dado que la discapacidad ya concurría en el momento del fallecimiento del causante.
..........................
cabe admitir otros medios de acreditación de la preexistencia de los supuestos de hecho a la fecha del fallecimiento del causante –como podrían ser los informes médicos a que se hace referencia en el escrito-, cuestión fáctica que debe ser objeto de valoración por parte de la Administración autonómica a los efectos pretendidos cuando se presenten ante la misma las oportunas liquidaciones por el impuesto sucesorio. "

#3

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Hola Anjanaa,
¿En qué Comunidad Autónoma reside tu madre?. Es importante este matiz de cara a planificar la futura herencia.
Saludos.
Jaime.

#4

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Entiendo que son varias cosas,

1.- Para conseguir la reducción fiscal no basta con los datos médicos, hace falta la "certificación" que acredita la minusvalia >33%, dicha acreditación o reconocimiento legal, supone un trámite adminsitrativo que varia según la CCAA en la que esteis. No llevará mucho gasto, pero si algo tiempo. En principio, "se considera acreditada la minusvalía cuando y desde la fecha en que sea certificada por los órganos competentes".

2.- Que halla jurisprudencia significa que ha habido casos ganados sobre el tema y que dan la razón a tus intereses. Pero no que con eso baste. Es sólo un indicio. Es importante que mires la fecha de esa jurisprudencia y de que tribunales viene. La jurisprudencia también cambia y no toda tiene el mismo valor. Pero aunque halla jurisprudencia, si de entrada no te estimasen en Hacienda la "retroactividad" de la minusvalía a efectos fiscales, tendrías que lucharlo en tribunales y alegar esa jurisprudencia y luego que el juez la estime...o no.

3.- De todas formas la minusvalía no solo beneficia en Sucesiones, sino que tambien en IRPF, asi que lo mismo aunque no pudieras usarla en IS le serviría a tu madre para el futuro en IRPF. Yo la socilitaria ya.

Salud

Edito... mientras escribia te han contestado...espero que esto te complemente algo.
Salud

#5

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Las únicas pruebas que tengo anteriores son los informe de alta de hospitalización donde indica todas las pruebas que le han realizado y los diagnósticos. Además de un informe de su médico de cabecera donde indica todas sus dolencias. La solicitud la pensaba solicitar el lunes próximo, ya que vivo en Alicante y mi madre ne Madrid. Y la semana que viene iré para allá. Espero no tener que meterme en juiciospor no marear a mi madre.

#6

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Mi madre vive en Madrid

#7

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Según me han comentado en Asuntos Sociales, al ser una persona mayor, hay un centro especial en Madrid para personas mayores. Y me dieron un plazo aproximado de 5 meses para la resolución.

#9

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Ya te lo han dicho casi todo, por mi parte, insistir en la necesidad de iniciar el trámite cuanto antes por los beneficios adicionales que tiene en otros impuestos y asuntos.
Me temo que la liquidación del impuesto de sucesiones se tendrá que hacer sin aplicar la minusvalía puesto que no la tiene reconocida, pero una vez que se la concedan, lo que debéis hacer es presentar una solicitud de devolución de ingresos indebidos. La cosa no va a ser fácil, es muy posible que os la denieguen en principio ya que tanto la calificación como la solicitud son posteriores al fallecimiento, pero yo insistiría e intentaría probar que la causa de la minusvalía ya existía desde antes del fallecimiento. Aunque en vía de gestión o reposición no te den la razón, el TEAR es probable que sí, depende de la fuerza de las pruebas aportadas. Creo que el dinero en juego es suficiente como para pelearlo.

Un saludo

#10

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

He solicitado una prórroga del pago del impuesto, por lo que tenemos un año para pagarlo y según me han indicado, tardan umos 5 meses en conceder el certificado. Por lo que voy a liquidar el impuesto con la reducción ya que tendré el certificado antes de abonar el impuesto. Yo también creo que merece la pena esta cantidad. Pero luego no se lo que costaría un abogado...

#11

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Es una buena idea, pero tal vez sea interesante tener un plan B...pues la ley dice que la Minusvalía ha de estar reconocida en el momento del hecho imponible y ese momento es el día del fallecimiento de tu tía... pero como ya te dicen varios rankienitas es bueno intentarlo, y esa petición de prórroga creo que es una buena idea, al menos ya vas a liquidar con un certificado, que después si tuvieras que pelear el asunto te va a dar más fuerza.

#12

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Ya he presentado hoy la solicitud de de reconocimiento de minusvalía. Y ya en junio solicité el reconocimiento de la Ley de Dependencia, y esa solicitud si es antes del hecho imponible. Valdría como justificante???? Qué creeis??

#13

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Como una prueba más puede valer.

Un saludo

#14

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Buenas noches Anjanaa!, Me gustaría saber cómo va el tema que exponías, ya que mi caso es similar. Hace poco falleció el viudo de mi abuela, y las herederas somos mi madre y yo. Mi madre tiene cáncer con metástasis en huesos pero la solicitud del grado de discapacidad se hizo solo semanas antes del fallecimiento. Por lo que tenemos varias dudas... Una sería cuanto tardan en citar para hacer el reconocimiento y para dar la resolución, otra si es de carácter retroactivo realmente y por último, es que en caso de pedir prórroga para pagar el impuesto cuanto seria la penalización. Nosotras también estamos en la comunidad de Madrid.

#15

Re: Impuesto de Sucesiones y minusvalía retroactiva

Buenos días: Tu lo tienes más facil porque ya lo tenías solicitado antes de la defunción y reconocen la minusvalía desde la solicitud. Yo la solicité con posterioridad a la defunción de mi tía, en Noviembre, y aún no la han citado. Tardan bastante, dependiendo de la comunidad, tardan más o menos. Yo te hablo de Madrid.Y eso que en el caso de mi madre van más rápido por la edad. Por la prórroga no tienes que pagar nada creo. Yo al final he liquidado sin la minusvalía (porque había otra heredera y si esperaba no podía disponer de los bienes) y luego solicitaré la devolución, pero me da que me va a costar. Ya te iré contando...