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Devolución inferior al poner las cuotas sindicales

6 respuestas
Devolución inferior al poner las cuotas sindicales
Devolución inferior al poner las cuotas sindicales
#1

Devolución inferior al poner las cuotas sindicales

No entiendo por qué me sale una cantidad a devolver inferior al meter las cuotas del sindicato, si es algo que desgrava, al menos debería de ser la misma cantidad que me devolvían anteriormente no? Alquien lo comprende??

#2

Re: Devolución inferior al poner las cuotas sindicales

Comprueba que has introducido en la casilla correcta, la 011. Además comprueba que hay diferencia en la casilla 021 antes y después de introducir la cuota. Debería ser menor después de introducir ese dato.

Saludos.

#3

Re: Devolución inferior al poner las cuotas sindicales

Posiblemente la diferencia venga por la deducción "Zapatero", la de los famosos 400,00€. Es la que se consigna en la casilla 735.
Mira el valor que tiene esta casilla antes y después de consignar las cuotas satisfechas a sindicatos y la variación que sufre esta casilla.
Esta deducción tiene como límite el resultado de aplicar el tipo medio de gravamen a la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas minorados, respectivamente, por las reducciones establecidas en los artículos 20 y, en su caso, de las reducciones a que se refiere el artículo 32 de la Ley del IRPF.
Con lo que es muy posible que con pequeñas diferencias, la incidencia en la cuota de una menor base no se compense en su totalidad con esta deducción.

Saludos.

#4

Re: Devolución inferior al poner las cuotas sindicales

A mi me ocurre lo mismo, al introducir la cuota sindical en la casilla 11 bien metida, se me reduce el dinero a recibir, y no lo entiendo porque lo demás está bien. Hay alguna solución?? Gracias ;)

#5

Re: Devolución inferior al poner las cuotas sindicales

Buenas tardes.
A mí me pasa lo mismo que habéis comentado y, como dices tú, harko, creo que se debe al cambio en el valor de la casilla 735. Aquí explicas cómo se calcula el valor de esta casilla, pero si te digo la verdad, no lo entiendo bien. ¿Serías tan amable de explicarlo con algo más de detalle?

A continuación, te pongo algunos datos de mi caso:
En el borrador inicial, me devuelven 53 €, pero faltan por incluir las cuotas sindicales en la casilla 11, que son 133 €, por lo que yo creía que me devolverían unos 40 € más. Sin embargo, al incluirlas, me devuelven 52 €, es decir, no me devuelven más, sino 1 € menos.
He estado intentando "seguir la pista" a esta cantidad, es decir, viendo de qué casillas de la declaración sale. Creo que es porque la cantidad de la casilla 735 (Deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas) que creo que debía ser 400 € (pues la base imponible no llega a 8000 € ni antes ni después de incluir las cuotas sindicales) pasa de ser 387 a 341 € al incluir los sindicatos. Así, aunque la casilla 732 (Cuota líquida incrementada total) baja 45 €, como la 735 baja 46 €, pues nos quedamos en las mismas.
Pongo estas cantidades en la siguiente tabla para que estén más claras (los encabezados significan SIN y CON cuotas sindicales).
..................................................................................Casilla .. SIN ..... CON
Cuota líquida incrementada total.................................... 732 .. 529,40 .. 484,89
Deducción por obtención de rendimientos del trabajo....... 735 .. 387,30 .. 341,72
Cuota resultante de la autoliquidación [(732)-...(735)...].... 741 .. 142,10 .. 143,17
Por lo tanto, al final, mi duda está en los valores de la casilla 735, ¿por qué no son 400? y ¿por qué baja al incluir las cuotas satisfechas a sindicatos?
Muchas gracias y un saludo.

#6

Re: Devolución inferior al poner las cuotas sindicales

Como se indicó antes esta deducción tiene como límite el resultado de aplicar el tipo medio de gravamen a la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas minorados, respectivamente, por las reducciones establecidas en los artículos 20 y, en su caso, de las reducciones a que se refiere el artículo 32 de la Ley del IRPF.
Con lo que es muy posible que con pequeñas diferencias, la incidencia en la cuota de una menor base no se compense en su totalidad con esta deducción.

El tipo medio de gravamen se expresa con dos decimales, si disminuimos la base al introducir los gastos por cuotas sindicales, hacemos que el tipo medio de gravamen baje. Si el tipo medio de gravamen baja y ESTÁ ACTUANDO el límite para la deducción, esta deducción es menor que anteriormente. Si el tipo medio de gravamen tuviese todos los decimales el ajuste de la disminución de la deducción y de la menor tributación al ser la base inferior deberían compensarse y en este hipotético caso, la diferencia, sería nula. Como el tipo medio de gravamen está reducido a dos decimales puede ocurrir lo que se observa en los datos que indicas, la cuota líquida es menor, pero no en la misma cuantía que el límite de la deducción, por lo que en este caso tiene lugar la "paradoja" que indicas.

Saludos.

#7

Re: Devolución inferior al poner las cuotas sindicales

Gracias harko. Leyendo tu explicación detenidamente me parece entenderlo: al incluir las cuotas de los sindicatos, la base imponible baja, pero también lo hace el porcentaje que se aplica para obtener la deducción de la casilla 735, bajando más que la base imponible.

Gracias de nuevo por tu respuesta.