Creo que lo tienes bien planteado. Te contesto por partes:
1. No sujeta. Un servicio a un empresario establecido fuera de España se localiza donde está el destinatario, así que por la regla general del art. 69.Uno.1.º de la Ley del IVA no se entiende hecho en el territorio de aplicación del impuesto. Por eso es no sujeta; la exención es otra figura (por ejemplo, las exportaciones de bienes del art. 21). Con todo el respeto a Juan Lackland, que sabe un montón de esto, en servicios B2B a Canadá yo lo veo así. En la factura puedes poner algo como "Operación no sujeta a IVA por reglas de localización (art. 69.Uno.1.º Ley 37/1992)". Mete los datos completos del cliente y su identificador fiscal en Canadá, que tienes que poder demostrar que es empresa.
2. La factura la tienes que hacer igual. El Reglamento de facturación (RD 1619/2012, art. 2.1) obliga a facturar también las operaciones no sujetas.
3. Alta. No hay ningún alta especial de "exportador de servicios". El ROI (registro de operadores intracomunitarios, el que se marca en el 036) es para operar con otros países de la UE, no con Canadá. Te vale tu alta normal con la actividad bien puesta.
4. Modelo 303: casilla 120, "Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 123)". Las instrucciones del 303 de la AEAT meten ahí las prestaciones de servicios no sujetas que no sean intracomunitarias. Y un detalle a tu favor: aunque esa factura no lleve IVA, puedes seguir deduciéndote el IVA de los gastos de esa actividad (art. 94.Uno.2.º de la Ley del IVA).
IRPF: correcto, sin retención, porque el pagador no es residente. La otra cara es que te toca presentar el modelo 130 cada trimestre, salvo que al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior hubieran llevado retención.
Y ojo de cara a 2027: los autónomos tendremos que facturar con un sistema adaptado a Verifactu antes del 1 de julio de 2027, y la AEAT dice clarito en sus FAQ que las facturas a clientes extranjeros también entran. Si para entonces facturas con programa, que esté adaptado. Si usas Word o Excel solo como editor, sin que te generen libros ni contabilidad, no cuenta como sistema de facturación.
Declarándolo así y en la casilla buena, no veo ningún lío. Lo único: guarda el contrato y los correos que demuestren que el cliente es una empresa y está en Canadá, por si acaso.